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« Previous Page Table of Contents Next Page »RAUL ARANA MONTALVAN. - Yo creo que no podemos
aquí ponernos de acuerdo para hacer una exposición
oficial de como quielen que sea la Reforma Agraria y
como se necesita; entonces vamos a entrar en la dis~
cusión de una mela. En primer lugar digo al Dr
Treios que si se da o no se da la ley ya no es cues–
tión de discutirse porque hay ya una ley que se lla– ma ley de Re~orma Agraria; lo que cabe discutir
ahora es cómo le convien, al país que se desarrolle
esa Reforma Agraria; que tiene que ser, primero. para dar trabaio; segundo: ~para que mejore el sistema
de vida de la gente; tercero; para baiar de respon–
sabilizar a las familias campesians, haciéndolas pro–
pietarias, porque es 16gico que la propietarización da
una responsabilización al individuo. ,+hora, que la
tierra si se debe dar en arrendamiento o si se da en
propiedad, ya la Ley dice que la tierra se va a dar en propiedad; eso tampoco ya no se puede discutir, por– que la Ley Agraria habla de darle ,parcel~s de tierra en tales y cuales formas a la gente. En Costa Rica, en donde hasta ahora se está hablando de lo que lla– man Reforma Agraria, ya se conceden créditos a los pequeños propietarios e induso crédito para comprar tierras a familias con capacidad para propietarizarse.
TREJOS SOMARRIBA. - En realidad él dice que ya no cabe discutir cual sea la política a seguir en relación con una ley de Reforma Agraria porque ya ~stá dictada; pero supongamos que esté mal orientada, de acuerc:lo COn la realidad nicaragüense, entonces es convenien~
te que se pongan de acuerdo los criterios para tratar
de que se modifique para meiorarla, y con base en esa realidad nicaragüense, si es perjudicial, ¡provoque una modificación de la misma y trate de resolverse el problema, por eiemplo, de que los campesinos no tienen ocupación sino durante muy poco tiempo, du–
rante el año o a veces sólo tres o cuatro meses y el
resto del tiempo cazando lagartijas, según he visto allá en occidente, y robando por necesidad, para satisfacer sus necesidades inmediatas. Entonces hay que dorle a esta gente la oportunidad de trabajar en tierras que pueden series entregadas en propiedad, en arrendamiento o en otro sistema que se adopte. Aquí hemos visto que se adopta el sistema de entre· garla en propiedad. Yo pensaba que tal vez sería conveniente discutir si es lógico entregarla en pro– piedad o si será meior entregarla en arrendamiento o en usufructo; pero Uds. no creen <:c)Mveniente dis· cutir esos temas y aceptan como buena, segú,n tengo entendido, la entrega en propiedad, yo también par– ticipo de esa idea, de que la tierra qu~ se adjuc;lica dentro de programas de Reforma Agraria, debe ser dada en propiedad, porque el campesino querécibe una tierra en pro.piedad la cuida, la estima y la ma.. neja mejor que el que la recibe e~ usufructo o en arrendamiento, porque en estos últimos casos hace un uso abusivo de suelo y lo agota por mal manejo en poco tiempo y llega muchas veces a abandon~rlo
e irse a otra zona donde el suelo no está agotado; en cambio, cuando él se siente dueño de esa tiérra, la maneja y la conserva mejor. Mencionó también el crédito. Dentro del crédito se puede hablar mucho Mencionó el crédito en Costa Rica, en donde sin ha·
ber, dice él, un programa de Reforma Agraria se da ese crédito. A veces hemos considerado que s610 hay programas de Reforma Agraria cuando existe una ley de Reforma Agraria yeso no es exacto. Esa me· dida tal vez de dar crédito para comprar tierras, aun.. que no haya propiamente un Instituto Agrario o de Colonización es una medida que cabe perfectamente dentro de un programa de Reforma Agraria. Si se facilita a los que han hecho de la agricultura una pro– fesión el .poder adquirir una parcela en donde incor· parar su t.rabajo y poder vivir decentemente del producto del trabajo Pe. manera pues que no po– dría decirse que cua'ldo hay crédito para alcanzar esos fines no hay un programa de Reforma Agraria, porque si lo hay.
FERNANDO ZELAYA. ~·Es interesante aclarar los siguien– tes puntos: es cierto que la ley de Reforma Agraria es una Ley de la República que ha sido promulgada, sin embargo sería interesante que Ud. nos aclarara si esa Ley satisface 105 requisitos exigidos como pre· supuesto indispensable por la Alianza para el Pro– greso o si necesita de reformas sustanciales, porque me ,parece entender que Ud. da la idea aquí de que la ley está apenas promulgada pueden hacerse re– formas. En tal sentido sería interesante conocer su criterio. Esto en primer lugar; en segundo lugar, siendo así que la Reforma Agraria es uno de los pre· supuestos indispensables de la Alianza pari el Pro· greso, por qué razón no se ha puesto en práctica esta ley a la mayor breveda¡l?
TREJOS SOMARRIBA. - Pregunta primero el Dr. Zelaya que si la Ley de Reforma Agraria satisface los reque– rimientos de la Declaración de Punta del Este. En realidad la declaración deja mucho campo como para poder acomodar instrumentos fuertes o débiles en ese campo. Imagínese Ud que dice "que se han unido en un vasto esfuerzo para impulsar, dentro de las particularidades de cada país, (que las califica el país), programas de Reforma Agraria integral, orien· tada a la efectiva transformación, donde así se re· quiera, (lo califica también el país), de las estructuras e iniustos sistemas, tenencia y explotación de la tierra
y entonces como esa es una cuestión que corresponde a la soberanía, podría decirse que toda ley hecha por un país de acuerdo con sus necesidades podría satisfa
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cer los requerimientos de la declaración de Punta del Este Sin embargo, yo creo que la ley tiene algunas fa· Ilas, y serias. No he querido analizarla y dentro del análisis hacer una censura de la misma, por escrúpulo. Yo fuí prácticamente autor del Proyecto que se envjó al Congreso Y que traducía el criterio del Poder Eje– cutivo, y del Congreso salió un poco diferente y no quisiera establecer com,paración entre el Proyecto y la Ley, porque algunos podrían pensar que por va
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nidad, por soberbia, o por terquedad yo considero mejor el Proyecto que la Ley. Por eso quisiera no entrar en comparaciones, y si me ,pongo a analizar la ley probablemente tendría que ~aer en las compara· ciones con el Proyecto; pero sí creo que tiene algunas fallas. Voy a citar algunas y quiero limitarme sólo a eso. Había en el Proyecto una disposición que es·
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