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« Previous Page Table of Contents Next Page »nes, 3' Detrimento capaz de producirse, con o sin justicia, en el comercio entre uno
y otro.
De estas tres dificuliades, las dos primeras son las que se presentan como más fáciles de solucionar, y si no se eliminan, por 10 menos pueden disminuir. La tercera
y úliima presenta tal masa de detalles que un extranjero no puede fácilmente aven– hlrarse a tratarla, él la distancia en que me hallo
En cuanto a las contribuciones pecuniarias en otros puntos, Guatemala, así co– mo otros de los Estados que fueron españoles, parece haber tenido de modelo a los Esfados Anglo-americanos Y para un modelo fomado en conjunto, sin duda no se encontró afuela nada mejor. Teniendo esto en cuenta, cuanto a los puntos en cues– tión el curso más obvio y nafural es hacer lo que estos Estados Unidos han hecho y proceder respecto a las conhibuciones -imponiendo a cada Estado componente un grupo de contribuciones para ese Estado y otro gnlpO de contribuciones para el uso del gobierno central y para los gastos de seguridad colectiva de todos los Estados con– fra cualquier adversario común que puedan fener.
Pero esta solución :tropieza con muchos inconvenientes considerables, aun en el caso de aquella confederación, y por varias circunstancias que fengo plesentes, esos inconvenientes parecen aumentar en grado infinito en el caso de ustedes
En primer lugar, en los Esiados Unidos se requieren los gastos para un Estable– ci:rniento Judicial separado, y un segundo establecimiento que, pala ser eficiente, no puede ser menos numeroso ni exigir menos gastos que el primero
En seguida vienen las dificulfades de frazar líneas adecuadas de demarcación entre ambas jurisdicciones.
En telcer lugar, en cuan10 al tema de impuestos y contribuciones, ya sea de pro– ducción, exportación o importación, existe el peligro de que, sea o no con intención, un impuesto sobre un beneficio que se aplica sobre este o aquel articulo con determina– do propósito puede interponerse y disminuir las gananclas de la producción, de la im– portación o de la exportación de este o aquel artículo al cual se aplicaba con Ell otro propósito.
ANEXO NQ 7
Obras recomendables
15 enero 1827
"Obras en francés que Bentham se toma la libertad de recomendar a Mr, Herre-, ra por cuenta de M, del Valle.
1 -Revue Encyclopedique.
2 -Fontanelle eloge des Academiciens 3.-Fontanelle sur les Oracles. 4 -Voltaire.
5 -Fontanelle sur les mondes. 6 -Tracy comtnent sur Montesquieu.
7.-Montesquieu, en fonne de Tables synoptiques. Fol 8.-Collection des Constitutions.
9 -Conference du Code Civil, 2 tOtn. in 8vo. 10 -Droit civil frane Gautier 11 tomo 8vo. 11.-Gallandier.
12.-Parfait notaire 3 tomo 4to. 13 -Sfyle du notaire 3 tomo 8vo
14 -Cours de Procedure civile por Bertot St Paix 2 tomo 8vo. 15 -La procedure civile. Pigeau 2 tom 4·,
j 6 -Projet d'un Code penal pour Lousiane por Gallandier
17 -Reflexions sur les lois penales de France et d'Angle!erre Gallandier. 18 -Annuaire de Legislation et jurisprudence, 1824, 1825, 1826. 19.-Resutnés de ¡'histoire 8 totnes entre 30 et 40 20.-Minet Hisi. de la Revolution francaise 21.-Jean Baptiste Say Tomes ses oeuvres ,22 -Mito Elements Economíe politiqueo
2"3 -Mito Hist. de l'Inde Britanique haducido del inglés si es que lo hay 24 -HetocUus de l'Espirt.
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