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« Previous Page Table of Contents Next Page »"Actividades Judi:eiales". De la Inaieria de este único capíiulo, la extensión que ve us– ted ahora es la InisIna más o menos en :lodos los ofros capítulos
ANEXO N9 5
Bentham a Del Valle sobre. el Código Constitucional
10 enero 1827.
En la carla que lne dirige acerca de las Inalas y buenas raInas de la ley, se Ine hicieron observaciones sobre la priIneras, mencionadas en fOrIna parlicular. supongo que la raIna constifucional se considerará esiablecida por el Código Consfifucional, que por vez priInera ha venido a Inis mEtn os. Pero si alguna de mis obras puede ser
úiil en Guafelwua (sicl, una ojeada a mi Código Conslliucional no será menos nece– saria aunque no fuese sino por la pane que bonesponde al Establecimiento JudiCial, pues sin eso, fodo sería de muy poca utilidad.
ANEXO N 9 6
Bentham a Del Valle sobre una Tesorería Central
11 enero 1827.
Una idea que se me presenfa y me parece preferible a la mencionada anterior– menie, por ser más sencilla y mejor en iodo respecto a cualquiera oira, es esta: Fuen– te de ingresos, una sola para todos los propósitos- Establecimiento Judicial para re– caudación, uno solo para todos los propósitos PelO los diversos Esfados deben ha– cer un arreglo de las cuofas en dinero pala ambos propósitos Por oiro lado, habién– dOIne fijado los gasfos para ambos propósitos y hecha la división de ellos entre los diversos Esfados, según sus Inedios respectivos, la suma para los gastos generales será sieInpre pagada por cada Esfado a la Tesorería central, anfes de que se aplique cual– quier parte al Uso exclusivo de uno de los Esfados.
Con este fin y para que no haya demoras, se esfablecerá un plan de regisfro universal con un sisfeIna correspondiente de publicaciones y cOnlunicaciones univer– sales, de modo que no se conozca en ninguno de los Estados nada relacionado con recibos 'y gastos de sus propios negocios, sin que lo sepa, tan pronto COlno el correo pueda llevarlo, la sede del gobierno cenfral y la sede del gobierno de cualquier otro Esfado Los gastos de tal regisfro y publicación parecerán nafm-a1mente formidables, pero al recibir esa comunicación, que dependerá de la distancia y de la bondad o Inal esfado de los calninos, este gasto se verá reducido a una bicoca, por Inedio de un InO– do de escribir llamado la manera Inúltiple, que ha sido pradicado en mi presencia. Una nota parlicular sobre ella acoInpaña esta carla y espero enviar una cantidad más o menos considerable de los materiales qUe se emplean en la prádica de ella.
Bentham a Del Valle sobre impuestos y Contribuciones
11 enero 1827.
Entre la forma ordinaria o sea la forIna no compuesta de Gobierno, y la COIn– puesta o sea la fOrIna federal, mi Código trata de la primela, por ser una cosa que no varía y que esfá libre de las Inuchas dificultades que se presentan en la oba. Por– que en cuanto a la cOnlpuesfa. ofrece dificultades no sólo en el esfado menos suscep– tible de heterogeneidad, esto es en la suposición de que todos los esfados se hallan en las misInas circunstancias, sino que la dificultad se agrava con esto: que el número de los estados confederados y constituyentes tengan un grado indefinido de variacio– nes susceptibles, pues en una gran variedad de aspecfos, cada uno puede ser dife– rente de los demás
En esta ocasión se presentan ires fuentes de mufufo error y desacuerdo. 1· Con– tribuciones en dinero para las exigencias COInunes¡ 2' Contribudones en hOInbres pa– ra las exigencias comunes¡ 2. Contribuciones en hombres para las exigencias comu-
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