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su país que residían en el puerto, si arriaban la ban– dera del rey Mosco y en su lugar izaban la de Nica– ragua y reconocían su soberanía.

El Ministro Américano Mr. Solon Borland, de San Juan del Norte, informaba a su gobierno el 29 de agosto de 1853, cuando llegaba a presentar credencia– les ante el gobierno de Managua: "La idea de mante– mil' un gobierno libre o en nombre del Rey Mosquito ha sido aband.onada aquí. Sólo se piensa y se desea entre– gar la soberanía a Nicaragua; o cuando se les requie. ra para ello".

El 14 de septiembre de 1853 presentó sus cre-· denciales Mr. Barland y leyó un largo discurso de re– cepción. Refiriéndose a San Juan del Norte, lamen– taba que la soberariía de Nicaragua hubiese sido repu– diada allí, e izado un pabellón extranejro, recalcando que estos ultrajes no habían sido perpétrados por los Estados Unidos. Al contrario, todo ésto lo habían con– templado con sentimiento y desagrado. "Cuando quie–

ni. ---continuaba Borland- que el ~pabellón de Nicara– gua sea enarbolado de nuevo en el puerto de San Juan del· Norte, nadie estará antes que los Estados Unidos para saludarlo, y por nadie. será felicitado con más sincera cordialidad. '

Fruto Chamorro no perdió tiempo en intentar la reivindicación del territorio nacional con el apoyo manifiesto de los Estados Unidos. José de Marcoleta, en nota al Secretario de Estado Mr. Marcy del 24 de enero de 185'!!, la informa ·que en septiembre, es decir, poco días después de la recepción' de Borland; éste y

el Director Supremo Fruto Chamorro convinieron en las siguientes bases para la devolución de San Juan del Norte y Costa de Mosquitos, y que ya Marcoleta había m'eseritado al Ministro de Su Majestad Britá– nica. Ellas eran:

"19-Los indios mosquitos y las otras tribus que habitaban el territorio de ese nombre, permanecerían para siempre· reincorporados y en perpetua unión con la Repúbiica de Nicaragua. .

"21!o~El territorio y la Costa de Mosquitia for– marían en lo futUro Un departamento de la Repúbli– ca.

"31!o ~ El puerto de San Juan del Norte vuelto a poner bajo la autoridad y soberanía de Nicaragua.

"41!o - El mismo sería declarado puerto libre. A manera de compensación, Nicaragua, se com– prometería:

"19 _A epercer espeCial protección en los in– dios:; aumentar su instrucción material y moral; a no molestarlos, por motivos de ningún aCto anterior a la ratificación· del tratado.

29 - A pagar a los indios, un cuarto por ciento sobre el producto netQde los derechos de importacio– nes por el puerto de San Juan del Norte durante cin– co años.

"39 _ A dar al jefe mosquito una pensión vita– licia, en proporción a los salarios que reciben los fun– cionarios de la República.

. "49 _ A reconocer como legítimas las concesio-nes de tierras, que han sido seguidas de ocupación, he– chas desde el 19 de Enero de' 1848, con tal que dichas concesiones no se opongan;;

1) A las hechas por el gobierno español por la Fe– deración de Centro América y por el Gobierno de Ni– caragua, rii a los derechos qúe la Compañía del Canal haya gozado hasta ahora; 2) a las hechas en lugares donde el Gobierno de Nicaragua pueda necesitar para almacenes. aduanas, barracai? arsenales, fortificacio– nes, faros 'o cualesquiera otros edificios públicos..

"59 - Estas concesiones no serían reconocidas aunque se hubiesen otorgado antes o después del 19 de Enero de 1848 con propósitos especulativos o comer– dales. La excesiva extensión de ellas sería una presun– ción de aquellos prop66itos",

Fruto Chamorro· estaba deetrminado a seguir el consejo' del Ministro Ainerica.no de tomar pose– sión de San Juan del Norte. Habiendo preguntado a Borland su opinión, éste le dijo lo Que ya había in– formado al Departamento de Estado: que en San

Juan había desistido de mantener un gobierno inde– pendiente o bajo un rey mosco;; y que estaba cada vez más seguro de que fácilmente podía reincorporar– se el puerto.

Mientras estas gestiones seguían su curso, el go– bierno de Fruto Chamorro vigilaba lo que ac6ntecfa en la Costa Atlántica, listo a oponerse a Íos avances extranjeros.

Ciudadanos norteamericanos habían organizado en los Estados Unidos la "Central America Land and Mining Company" para explotar las tierras y las minas del litoral atlántico. Sabido esto por el gobierno de Nicaragua, su Ministro de Relaciones Exteriores Lic. Mayorga dirigió una circular a los gobiernos amigos el 19 de febrero de 1854, protestando del abuso contra las leyes internacionales,. e invocando el apoyo del Gobierno Americano, "con quien' vivimos en buena inteligencia y armonía y mantenemos felizmente sin cera y cordial amistad", para mantener, intacto los derechos soberanos y el dominio eminente de Nicara-gua en la Costa Atlántica. .

Unos dos meses después (22.IV.1854), el Minis– tro Marcoleta dirigió al Departamento de Estado otra propuesta, motivada por la actitud indebida de Mr. White, Agente de la Compañía del Tránsito. Trataba

él de obtener una concesión considerable de tierras, en ambas orillas de la bahía de San Juan, para obje– tivos propios de la mencionada Compañía. Además intentaba concluir un contrato de tránsito definitivo con el consejo del puerto y con la autoridad del mis– mo.

Protestaba Marcoleta que Nicaragua nunca re– conocería ningún cambio que se hiciera en el statu quo de San Juan, y que la Compañía serí responsa– ble de las consecuencias si operaba en sentido contra– rio a esta norma. Con estos procederes, decía Marco– leta. la Compañía se ha hecho culpable de agresión contra la soberanía y los injustos derechos de Nica– ragua: ha faltado a s.us deberes, y busca como sacar ventajas en provecho de sus objetivos particulares bien conocidos. promoviendo dificultades para el fu– turo y agregando un motivo más a la bien fundada desconfianza que se tiene del Presidente de la Com– pañía.

Acontecía esto en las vísperas de la revolución que detendría todo progreso; y se hallaba en tan buen pie el arreglo para restituir San Juan del Norte y el territorio.mosquito a Nicaragua, que pudo decir con verdad Gregorio Cuadra, que el asunto de la Mos– quitia fue el problema más arduos que resolvió el Gobierno de Fruto Chamorro; de módo que, "con el favor de Dios, nos dejó en camino de obtener, como obtuvimos, la reincorporación".

Es decir, Fruto Chamorro dio el primer paso para conseguir esa restitución que había de verificar– se plenamente seis años después. En efecto, luego que se disipó la tesmpestad revolucionaria que impidió a Fruto Chamorro culminar su obra administrativa. de la cual formaban parte le reincorporación de la Mos– quitia y el puerto de San Juan del Norte. el Presiden– te Gral Tomás Martínez la llevó a efecto mediante el tratado Zeledón-Wyke del 28 de Enero de 1860, que consagró la reincorporación de jure de la Costa Atlán– tica y de San Juan del Norte, bajo el plim convenido por Fruto Chamorro y el Ministro Ameircano Borland en septiembre de 1853. . .

4. LIMITES CON COSTA RICA

Cuando Nicaragua declaró su independencia de España, sus límites por el Sur llegaban hasta el río "Salto", que desemboca en el vértice de la península de Nicoya, y que hoy se' llama río "Tempisque"; lo cual quiere decir que le pertenecíá todo el extenso Partido de Nicoya, incluyendo la península de ese nombre.

Costa Rica no tenía pretensiones entonces so– bre esta parte del territorio· de Nicaragua; y así el Art. 15 de su primera Constitución política emitida el

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