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« Previous Page Table of Contents Next Page »{JO. Contesté que llegarla al instante. Es la única- vez que he puesto los pies en el Ministerio de Relaciones Exterio– res. Fuí recibido en el tercer piso del Edificio por los docto– res Felipe Rodríguez Serrano, Alejo !caza !caza y Eduar– do Conrado Vado. Ellos me hablaron sobre la convenien– cia y necesidad para los intereses de Nicaragua de que yo
me callara, que no siguiera escribiendo en los periódicos sobre este 11, igio de Nicaragua ante la Corte de la Haya. Me díjeron ue estaba comprometiendo la defensa de Nicar los intereses nacionales. Invocaron mi pa– triotismo. les contesté primeramente que yo estaba fir– memente convencido de que éllos estaban en un error, que la defensa de Nicaragua estaba mal planteada en virtud de las razones que yo sostenía y que e:lcs bien conocían. Que lo mejor que podía suceder para Nicara· gua era que la Corte pronunciase su incompetencia en vir– tud de la falta de coincidencia de las partes sobre la ma– teria específica de la controversia. Que a esta fina'idad de salirse de La Haya deberían enfocar sus trapajos. Que además faltaba publicidad sobre todas las argumentacio– nes de Nicaragua ante la Corte de La Haya; que sabía perfectamente bien que Honduras estaba desplegando una campaña formidable de propaganda y de publici– dad en todas partes del mundo, no solamente por medio de sus Embajadas y Consulados, sino también a través
de los Organismos Internacionales, distribuyendo profu– samente folletos, informes y toda clase de literatura. Que me pareda absurda la actitud de Nicaragua al pro– ceder ele manera contraria a Honduras, puesto qve Hon– duras estaba moviendo a su favor la opinión internacio– nal, mientras Nicaragua no solamente callaba, sino que
con este silencio otorgaba y aceptaba la propaganda de Honduras. Alguno me habló sobre que este silencio era una estrategia ordenada por el Director de los Juristas, Ro– lin. Me hablaron también de que según las reglas de la Corte el procedimiento escrito era serceto. Les cité casos concretos en que se había obtenido autorización de ¡a Cor– te para publicaciones; y les dije que me refería, no solo a eso, sino a la propaganda pública sobre el caso. Al final les agregué que á pesar de que yo me creía firme en mi convicción, no quería pasar por testarudo y arrogante; y
que inclinaba mi parecer ante el criterio de ellos, que eran los que dirigían el asunto, y que creían que yo de– l:1ía de callar por razones patri6ticas. Que así 'como me lo pedían, me quedaría callado en lo sucesivo, que no seguiría escribiendo más en los periódicos; con la sal– vedad de que éllos tampoco escribiesen errores que desorientaban la opinión pública, pues que en tal caso habría que refutarlos. Pero que les advertía una cosa: que esperáramos la sentencia de la Corte de la Haya, que yo creía que iba a ser adversa para Nicaragua; y que cuando ese caso llegara, yo iba a decir públicamente, ante todo Nicaragua, que había sido llamado a ese local del Ministerio de Relaciones Exteriores para que me ca– llara en mis publicaciones sobre esta controversia. los tres me dieron esta autorización. Y yo cumplí mi pala– bra. Y es en virtud de e~a autorizaci6n y de ese compro– miso que estoy publicando ahora lo sucedido en esa en– trevista. Cuando el asc¡ensor del Ministerio de Relaciones Exteriores descendía hasta el primer pis:>, también sentr un baión en mi interior, un peso que comprimía mi coraz6n de nicaragüense.
IV
Nosotros ros abogados tenemos un refrán que com– pendia perfectamente todo el mecanismo judicial. Deci– mos que para ganar un juicio se necesitan tres condIcio– nes esenciales, a saber: 1)-tener la razón 2)-saberla pedir, y 3)-que se la quieran dar.
A la luz de estas tres condiciones voy a analizar nuestro litigio de limites con Honduras.
TENER LA RAZON
Poco me detendré en este primer aspecto de la cues– tión, es decir, en que Nicaragua ha tenido la raz6n en este litigio. No es del caso repetir aquí todos los argu· mentos que apoyan la tesis de Nicaragua. Todos estos ar– gumentos están admirablemente expuestos en un libro de tres volúmenes publicado por don DIego Manuel Chamo– rro, Presidente de la Comisión de Límites de Nicaragua en la Mediación del Secretario de Estado de los Estados Uni– dos en esta controversia, -de 1918 a 1920. los argumen– tos y razones a favor de Nicaragua no son solamente de orden jurídico, sino también de equidad. Precisa, es necesario, que todos los nicaragüenses sepan que lo fun– damental que siempre ha alegado Nicaragua es que el Rey de España mal interpret6 y apl'c6 indebid¡;menle las Antiguas Cédulas Reales en las cuales consta que ese T... rritorio pertenece a Nicaragua. Este es el nudo gordiano
de la cuestión. Y para poder llegar a una revisión del fondo del laudo, Nicaragua se valió de ciertos defectos de forma, como la mala integración del Tribunal de Arbi· traje, la equivocada designación del Rey, la expiración del Tratado Gámez-Bonilla, y otras, que son las razones de orden jurídico; o sea, la puerta de entrada para con– seguir o bien la invalidez del laudo o bien que otro Ar– bitrador o Mediador entrase al fondo del asunto de los límites mismos.
Bajo este rubro solamente quiero poner de manifies– to algunas circunstancias que no pueden dejarse a un lado si queremos entender bien toda la cuestión. Como ya dije antes, es imprescindible saber y apreciar el aspec– to político del asunto para poder comprender el aspecto jurídico de la disputa y de su resultado.
En primer lugar, la reclamación contra Honduras, to– do este litigio reivindicatorio, es una tesis del Partido Conservador. Fué el Partido Conservador el que creó en los anales patrios esta reivindicación. Ha sido el Partido
Conservador el que ha mantenido fundamentalmente este planteamiento; y el que lo llevó casi a los umbrales de un triunfo para Nicaragua, en la Mediaci6n del Secreta-rio de Estado de Washington. "
En cambio, cuando se dictó el laudo en 1906, Zela· ya estaba en el Poder y envió un famoso telegrama que ha sido uno de los grandes puntos de apoyo de las alega– ciones de Honduras cqntra Nicarag!Jc;I. Y en este telegra– ma se apoyó la Corte de La Haya para sostener que Nica-
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