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y juddico En este caso la reacclon a la rñtervención de los Estados Unidos ha sido una implacable campaña pa– ra hacer una absoluta regla de derecho de la doctrina de no-intervención El poderío de los Estados Unidos en este hemisferio y las posibles formas de intervención aparecfan casi ilimitadas Para que fuera efectiva, la prohibición debería sel absoluta y completa

I I

la historia de la intervención de los Estados Unidos en la Amél ica 1atina es muy bien conocida para que n6– cesite aun la más breve reseña Es más importante a nuestro pi apósito enfatizar el CI eciente resentimiento la– tinoamericano que llegó a su culminación en la Sexta Conferencia Internacional de Estados Americanos, que se reunió en la Habana, Cuba, en 1928. Aunque no fue sino hasta en la siguiente conferencia (sostenida en 1933) que el principio de no-i ntervención fue formal– mente escrito dentro de la Convención sobre Del echos

y Deberes de los Estados, bien puede decirse que la Confel encia de 1928 marca un punto decisivo las actas de la última conferencia ar rajan mucha luz en los bási– cos ploblemas envueltos y proveen algunas pistas so– bre el por qué ha sido imposible encal arse francamente al problema en los años desde 1928

la Sexta Conferencia Internacional de Estados Ame– ricanos tenía ante sí una recomendación de la Comisión de

JUI istas que decía: "Ningún estado tiene el de/echo de intervenir en los asuntos internos de otro" la inter– vención efectiva de los Estados Unidos en el Caribe, ¡un– to con marcadas referencias de un número de Delegacio– nes latinoamericanas hacían clalo hacia quien iba dirigi– da esa cláusula Se hizo un intento en el comité pal a sus– tituil una declaración mas innocua en lugar del artículo sobre la no-intervención, pero esto fue vigorosamente

opuesto por la mayoría de las Delegaciones latinoameri– canas Ia intervención de un estado en los asuntos de otro fue condenado en términos absolutos pOI virtual– mente todos ellos

Cuando el artículo llegó a la Confel encia en pleno, el debate fue mas atemperado pero, sin lugal a duda, la declaración Argentina ante la Segunda Comisión re pi esentaba los sentim ientos de casi todas las Delegacio nes latinoamericanas:

"la soberanía de los estados es el absoluto de– recho de una total autonomía interior y una com– pleta independencia externa Este del echo está ga– rantizado a las naciones fuertes por su poder y a las débiles por el respeto de las fuel tes Si ese de– ¡echo no está consagrado y no está protegido en forma absoluta, la armonía jurídica internacional no existe la intervención, diplomática o armada, per– manente o temporal, amenaza la independencia de los estados"

Más claras declaraciones sobl e la doctrina de la ab– soluta soberanía de los estados no puede hallarse sino en los debates sostenidos en esta Conferencia Esta ha– bía de ser la solución al inmediato y urgente problema, cual el a el de la intervención de los Estados Unidos Mas un punto de' vista muy diferente fue presen– tado fJor Mr Charles Evans Hughes y, paradójicamente, par el Delegado cubano Mr Hughes claramente presen-

tó el parecer de un poder con expansivos intel eses ca merciales

"Qué hemos de hacel nosotros cuando el go– bierno cae y ciudadanos norteamericanos encuen– tran sus vidas en peliglo? Hemos de quedal nos quietos y vellos morir, porque un gobiel no, en ci/– cunstancias que no puede controlar, y por las que puede que no sea responsable, no puede más ofl e– cer una razonable pi otección ? Ahora bien, es un principio de derecho inte/ nacional que en tal ca– so un gobiel no está plenamente justificado para to– mar acción -yo la lIamal ía inter posición de carác– ter temporal- con el propósito de proteger las vi–

das y propiedades de sus connacionales Yo dil ía que esto no constituye intervención "

El dilema que los otros delegados optaron por ig– nOl ar fue puesl0 claramente frente a ellos por el DI Ferrar a, de Cuba El advirtió que el pri ncipio de no-in tervención, que está supuesto a garantizar la libertad y el derecho de auto-detel mi nación, puede muy bien lle– gar a ser el medio por el cual las ti, anías podrían pel pe. tuarse Su elocuente discurso a 105 Delegados de la Ha. bana es tan significativo hoy, ante los problemas del Ca–

I ibe, como lo fue entonces:

"la palabl a "Intervención", que por un mo– mentáneo impulso político se ha colocado en el "in– dice" en esta reunión, tiene dondequiera un glo– lioso pasado Cuánta nobleza y grandeza ha habi– do en algunas intelvenciones! Si Gladstone, el ilus– tre estadista inglés, viviel a de nuevo, difícilmente nos seguiría en la repudiación genérica de la pa– labl a que para él siempre significó la salvación de vidas humanas, la renovación de instituciones y la liberación de 105 pueblos de las tiranías las es– pléndidas fl ases que pronunció en diversas ocasio– nes, abogando pOI un movimiento civilizador en contra de 105 bá¡;,\;~ros, bien pueden ser el tema de un discur so en respuesta a las opiniones expresadas aquí esta tal de

Estas palabl as, entonces, que hoy condenamos sin distinción, Fueron las ansias, las esperanzas y el último leCUISO de numerosos grupos perseguidos de la humanidad

[Si nosotros declaramosJ en términos absolutos que la intervención no es posible bajo ninguna cir cunstancia, estaremos sancionando todos 105 actos inhumanos cometidos dentro de determinadas fron– teras y, lo que es aun peor, no estaremos evitando lo que está en el corazón de todos evital, la em– bestida sobre los derechos del pueblo a la saber a– nía e independencia, las que fuelzas cínicas pueden siemple pisotear"

Estas palablas habían de tener un eco irónico mas de ti einta años mas tarde en las palabras de Fidel Cas tro y su Ministlo de Relaciones Exteriores El principio de no-intervención, insistían, no debe permitirse que sirva de escudo detrás del cual dictadores como Tlu¡i1lo puedan escondel se!

Pero si las Delegaciones de Cuba y 105 Estados Uni· dos tenían algunas ideas con respecto a la solución del dilema gue l;!lla$ reconocían existir, tales ideas no fue-

-17.:......,

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