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queja, pero que todos sienten y todos piensan que es al Poder Judicial a quien deben recurrir para corregir las ofensas o males que padecen. Si el pueblo tiene y sien– te respeto por la obra de las cortes y de 105 jueces, en· tonces la ley sobrevivirá por encima de cualquier falta que pueda haber en los otros Departamentos del Estado, pero si las Cortes y 105 jueces pierden el respeto del pueblo, la ley y el orden ser.án irrespetados, se desva– necerán y causarán grande ruina a la Sociedad y al Es– tado mismo. Así dice el Juez Vanderbilt. Por eso, forta. lecer al Poder Judicial, es vivificar a la Nación; hacer a ese Poder respetable y honorable, es dignificar y enal. ;tecer a la Patria, es solidificar a la Sociedad y es des· pertar la confianza pública en las autoridades y en la ley. Eso sólo puede lograrse, SI EL PODER JUDICIAL TlE· NE LIBERTAD E INDEPENDENCIA Y si sus miembros son 'serios, honestos y dignos de respeto, y precisamente por eso es que puede asentarse el principio de que sólo hay paz cuando cada ciudadano está convencido de que si se le daña o se le ofende, el Juez le dará justa y debi· da reparación.

Dentro del sistema democrático antiguo, el Poder Judicial era el Regulador y el Controlador de los otros Poderes: el Poder Judicial, desarmado de toda fuerza fío sica, tan sólo disponía de su fuerza moral, de esa fuerza espiritual que podrá ser desobedecida a veces, pero que jamás podrá ser vencida, ni jamás podrá hacér~ela desa– parecer. De allí que el Poder Judicial, cuando penetrado de su misión elevada, de su alta significación, dietaba sentencia y hablaba, se sentía que una gran fuerza reco– rría las nadones de uno a oh o extremo y todos, grandes y pequeños, le prestaban obediencia, porque aquel Po· der Judicial representaba la Dignidad, y la Integridad del más grande de los Poderes Nacionales. Es más, cuando en la Jerarquía Judicial habla el más alto de los Magistra. dos o el más humilde de los Jueces, lo hace en nombre de la Patria, en nombre de su País

Hoy cuando los Derechos Humanos han sido incor– porados ya a las realidades de la Humanidad y se les tie– ne como parte esencial de la vida de los hombres y de los pueblos, el Poder Judicial ha crecido en su misión y es en la actualidad, el representativo del más grande poder Espiritual de la tierra pues a su cuidado está la protección del Derecho y especialmente la protección de los Derechos Humanos. Esto quiere decir que el Poder judicial es el Protector de la Humanidad misma. Cuando hablemos del Poder Judicial de este país, de aquel o de otro, o en fin de cualquiera en donde prevalezca el sis– tema de la Democracia, debemos saber que ese Podel representa, la más Grande Dignidad e Integridad Nacio· nales y que una y otra están encarnadas y viven y de– ben vivir en el alma de sus jueces.

Convencidos y sabidos de que el Poder Judicial es el representante de la más grande Dignidad Nacional, no debemos tampoco olvidar que es un cuerpo formado de hombres, cuya naturaleza humana, puede ceder o ser vencida por las pasiones que anide en su propio cora· zón. De allí que debemos rodear al Poder Judicial de las más extremas y más grandes virtudes y de los más grandes privilegios para que sean intangibles y sagra– dos, pero también debemos adoptar medidas que garan· ticen esa santidad del Poder Judicial, para que no PU8-

dan ser manchados ni vulnerados, y para que si resulta. re algún Judas que traicione esas santas virtudes, pue~

da ser expulsado y lanzado lejos. Esa es la razón por la cual aún en paises muy bien organizados, y de que es ejemplo los Estados Unidos de América, se ha lucha. do en los últimos años por establecer el máximo control sobre la conducta de los jueces, para lo cual se han dic. tado leyes y reglas de disciplina judicial, se ha dictado un Código de Moral Judicial y se ha llegado en algunas ocasiones hasta incorporar esas reglas en las mismas Constituciones de los Estados. Veamos un poco de datos sobre este tema que es de extrema importancia para Ni. caragua.

La disciplina judicial exige que siempre que se pre– sente el caso de un Juez que no da las garantías debi. das, tales como conceder a las partes el debido proceso legal, de que la conducta personal de dicho funcionario no corresponde a la seriedad eJel elevado cargo que ejer– ce, o de que desnaturaliza en el concepto público el prin– cipio de ser la justicia igual para todos, en esos casos y

en otros semejantes, debería saltar rápidamente la ma– quinaria judicial par¡l restablecer el orden y para conser. var la santidad de los principios que informan la organi– zación judicial, como respaldo y salvaguardia de los De_ rechos Humanos. En Nicaragua es casi menos que impo– sible poder sanear un caso como el que apuntamos, si es que pudiera presentarse, y la razón está en que por disposición constitucional, se necesita unidad de vetos de los miembros del Tribunal Supremo para poder acordar la remoción de un simple funcionario judicial, y si es miembro de una Corte el problema es mayor puesto que su remoción estaría en manos de un Cuerpo Político: el Congreso.

En el año de 1939 la Conferencia de Jueces del Es– tado de California, reunidos en asamblea voluntaria, acor. daron un Código de Etica Judicial. En Nicaragua nuestra Corte Suprema de Justicia, también podría dictar en foro ma similar a lo que ya ha hecho en otras oportunidades, Normas que pudieran servir como pauta moral a todos los Jueces de Nicaragua. La Constitución de este país prescribe que el Poder Ejecutivo PUEDE REQUERIR A LA CORTE SUPREMA para que reprima los actos contra~ios al correcto ejercicio del cargo judicial. Indiscutiblemel1le, serí'a más elegante que fuera el propio Poder Judicial, personificado en la Corte Suprema de Justicia, la que emitiera un Código de Moral Judicial, cuya infracción constituiría deshonor para el Juez que lo violase Las fuerzas espirituales son insalvables y sinceramGnte creo que no habría en Nicaragua un solo Juez que se atre– viera a cerrer el riesgo de llevar el cognomento de des·

honra o de deslealtad al Código de Moral Judicial. Si tal Código se dictara en forma de Normas patrocinadas por nuestra Corte Suprema de Justicia, se habría avanzado mucho en el camino del orden y del respeto judiciales, elementos básicos para la grandeza de un país, que sólo es grande cuando su Poder Judicial lo es. Y cerramos es– te párrafo diciendo que Códigos como el que se sugiere, sólo existían en siete Estados de los Estados Unidos antes de 1950, pero de entonces Olcá, en vista de la tremenda importancia que al Poder Judicial le ha asignado el res– peto a los Derechos Humanos, han sido veinte y un Esta· dos más los que han adoptado ese Código.

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