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producti6n nicaragüense en sensible desventaja frente a la de los otros países Centroamericanos. Pero, lo más grave de esta situación es que, ante el conflicto, el Es.. tado se ha colocado en posición de inercia nulificando COI1

esa actitud las concesiones que ha otorgado al amparo de la ley de Protectión Industrial y la afirmación de una política favorable a la industrialización.

Muchos pensarán quizás que este asunto es de poca importancia. Sin embargo no es así, pOl'que examinándo.. lo obietivamente pone de manifiesto con toda claridad la incongruencia y el absurdo de la autonomía local en materia ;jmpositiva. En lo que concierne a la industria, el problema se manifiesta en forma de una serie de si.. tuaciones incómodas y desalentadoras como son las crea–

das por muchas entidades locales que¡ sin medir en ab– soluto las consecuencias últimas, han establecido impues– tos ¡nconsultos sobre el tránsito de vehículos, sobre 'la visita de agentes vendedores de fábricas o sobre la ins– talación, producción, venta u operación de nuevas empre– sas que tuvieron la mala suerte de radicarse en su cir– cunscripción. Es incomprensible que nuestra Ley que, en atención a una garantía esencial, exiie al Estado la apro– bación Legislativa para la creación de nuevos impuestos,

a fin de ,permitir una amplia discusión sobre la materia. permita a las autoridades locales, no siempre competen– tes y aun frecuentemente irresponsables e ignorantes en

lo referente a política impositiva, crear a su antoio car.. gas que, aún siendo simplemente IQca~es, pueden causar graves periuicios a la economía nacional.

Pero el Gobierno mismo hace también su parte por nulificar o contradecir al menos, en varios aspectos la9 fasas positivas de su política industrial. Así ha venido sucediendo COn (a tendencia a crear empresas indusfria.. les de carácter estatal. No es mi intención entrar a discu– tir aquí teóricamente si el Estado puede o debe actuar co– mo empresar-io industrial. Eso queda para una Ipolémica sobre los sistemas pol[tico.sociales que dividen al mundo de hoy. Lo que si pueda afirmarse es que de acuerdo con la doctrina btisica del mundo occidental, de acuerdo por lo tanto con el régimen de empresa Iprivada, la función del Estado es crear el ambiente necesario y regular la vi· da económica del país para que pueda desenvolverse con normalidad y eficiencia. Pueda aceptarse que la gestión del Estado se extienda a empresas de servicios públicos o que constituyen o son parte de la infraestructura nece.. saria para la actividad económica, pero no cabe la posi– ción del Estado empresorio industrial, poniendo sus re– cursos y su fuerza frente a frente con la empresa priva– da; eSa competencia es demasiado desigual para ser ius" ta. No cabe tampoco que los dineros que la empresa pri· vada aporta al erario sirvan para fomentar empresas com.. petidoras y menos aún que los déficits crónicos que su~

fren las empresas del Estado se liquiden con cargos a los fondos públicos y por tanto a cargo del contribuyente.

Desgraciadamente la tendencia ha venido ac:entuán~

dose en Nicaragua de algún tiempo a esta parte: industria de calzado y de tenería en condiciones de acaparar la ma– taria prima ventajosamente y de vander artículos a pre·

cio's que son inferiores al costo real; indush'ia láctea que inca,paz de conlpetir sin pérdida, pretende privilegios de

monopolio que se extienden aún a la amenaza de ¡nter.. vención y expropiación de las empresas privadas del ra..

mo. Esas situaciones influencian decididamente en for_ ma desfavorable el desarmllo industrial porque crean in. seguridad y temor.

Inseguridad y temor no SOI1 factores propiCIOS cuan– do se requiere atraer la inversión al campo de la indus– tria. Por muchas seguridades que diera el gobierno da Fidel Castro es seguro que nadie querría hoy colocar su

dinero en empresas industriales en Cuba, ante el riesgo

de verlas nacionalizadas o intervenidas. En menor esca. la es la misma situación, pero siempre causa periuicio gl ave; sobre todo cuando el país está necesitando que el capital tenga confianza y se enderece al campo indus_ trial para la creación de nuevas plantas. El Balico Cen– tral de Nicaragua, consciente de que el ahorro¡ grande o

pequeño

l

debe coniugarse para ese fin, ha venido estu– diando la posibilidad de crear el mercado -nacional de velores¡ institución que sería de gran importancia para

dar facilidad y movilidad a la inversión. Sin embargo, personalmente opino que se lograrían pocos resultados efectivos mientras no desaparezca por una parte el pe–

ligro de la competencia de las empresas estatales y mien. tras no se reformen, por otra, ciertas ¡prescripciones de la

Ley del Impuesto sobre la Renta que restan ventaja a l. participación de pequeños capitales en las sociedades anó– nimas.

Hoy en día las sociedades anónimas son uno de ros instrulnentos más eficientes para el desarrollo industrial. La empresa moderna, tanto por su técnica avanzada co– mo por la necesidad de produc'ir más

él más baio costo, n<5lcesita cada vez mayores inversiones que s610 son po– sibles por la unión de capitales o de pequeñas partici– paciones, baio la forma de acciones en una sola entidad de esa naturaleza; por eliO es preciso estimular su pro– moción. Sin embargo, las disposiciones actuales del Im– puesto sobre la Renta gravan la utilidad total neta de las sociedades anónimas con el porcentaie que en la escala impositiva corresponde al monto total de dicha utilidad. En esa forma el pequeño inversionista ve gravada su pro– pia utilidad con un ,porcentaje mucho más alto que el que corresponde a la realidad de su propio dividendo. En otras palabras, si el dividendo del pequeño inversionis– ta fuera obtenido en un negocio particular o en una com– pañía limitada, el porcentaje del impuesto se calcularra sencillamente sobre tal dividendo] pero, en el caso co– rriente un im,puesto aproximado de 4%, pagando, sin em· bargo en el caso de las sociedades anónimas, hasta el

30% o más. Esto, por supuesto, tiende a desanimar la inversión en ese tipo de sociedades; el pequeño ahorran– te encuentra más provechoso colocar su dinero en cual~

quier otra forma que le imponga menos gravámen (prés– tamo a interés, propiedad raíz, etc.) Sería, pues, muy be– neficiosa una reforma que tienda a eliminar esa desven– taia. En la mayoría de los países existe un impuesto fijo de cuatro o cinco por ciento sobre la utilidad tot., neta de las sociedades anónimas, sin perjuicio que la lay

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