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do I'evisión la forma I'epublicnna de gobierno" La Cons· titución de Estaetos Unidos de América prescribe en su

Arto. V que ninguna Enmienda puede privar a ningún Es~

tado, sin su consentimiento, de la igualdad de votos en 01

Senado.

En Nicaragua, aún cuando tenemos adoptado el

sistema de Constituci6n flexible, -pues cabe tanto la Rc~

forma Parcial como la Reforma Total-- los principios IJfun~

dmnentales" solo pueden ser reformados mediante la vía

de la Reforma Total¡ y en la vía de la Reforma Pa¡ cial s610

caben las rQformas de las disposiciones "circunstancic;les ll

de lilas normaciones constitucionales". VO'"'! a referhme

a e;emplos prácticos. Una enmienda parcial de la Cons– tituci6n puede ¡perfectamente " reformar'"' el precepto de que el voto sea secreto, de que se suprima la palabral "laica" en la enseñanza de las escuelas, decretar la auto– namia universitaria y otras cosas por el estilo; esto. puede hacerse perfectamente por la vía de la "reforma parcial", la cual es la única que técnicamente puede llamarse RE..

FORMA; pues lo que usualmente suele llamarse REFORMA ABSOLUTA o TOTAL, ENMIENDA ABSOLUTA Y TOTAL no es verdaderamente REFORMA, sino CAMBIO.

Mediante el procedimiento d.e una Relorma Parcial de la Constitución no se pueden CAMBIAR los principios

básicos de la Constitución misma, porque esto no es en–

mienda, sino CAMBIO SUSTANCIAL; Y si no podía haberlo hecho la propia Asamblea Constituyente, menos puede

hacerlo un poder inferior, obra y emanación de aquella, como lo es el Congreso Nacional ordinario. "POI' compli– cadas que sean las dislposiciones relativas n la refor–

ma, no debe suponerse nunca, desde un punto de vista político, (lue sobresean al .Poder Constituyente" dice el PI'ofcsor de Harvard Friedrich, en su obra ya citada. fon el texto tle la Constitución misma, en su Decleto creador, que a

implícito el precepto de que no pueden ser reformadas, en vía de enmienda parcial, las disposiciones sustanciaa

les de la LEY DE BASES. Al igual que 105 casos análogos

citados de Noruega, de Grecia, de Francia y de Estados Unidos y podría citar otros casos de otras Naciones, cuan..

do la misma Constitución expresa que no pueden refor.. fnarso tales o cuales principios determinados. Estamos ahora en Nicaragua en ese mismo caso, por estar todavía

ligado la Constitución actual a su Decreto de conv()cato~

tia. Este sistema es excelente y debe ser usado en la próxima Constitución que rija la !)uava Era en Nical agua: se debe expresar en el mismo texto constitucional que

ciertos ,preceptos deben quedar fuera de la posibilidad de

una RE;lforma, declarando prohibitiva esta enmienda, tales

como Jos referentes a la reelección, a la sucesión presi~

dencial por parientes, al período presidencial '! otros de naturaleza similar que $irvan para resguardar la inmuta..

bilid~d del sistema republicano y democrático de Nica·

ragua. Ya en el pasado, en al,~lunas Constituciones de Nicaragua, se ha usado de este sistema. En algunas 5e

ha prohibido expresamente la reforma de ciertos precep.

tos, aquellos que atañen a la sucesión presidencial impi– diomlo la ,reelección. En la Constitución de 1911 se es– tipuló que:

lila lefoflna de los mtículos constitucionales que ,prohiben la reelección del que e;eJ<:iere la Pre3iden~

cia de la República, no fJloducirá sus e~ectoli en el periodo en que se ha,ga dicha reforma, ni en el si .. guiente".

Esta sabia disposición de la Constitución de 1911 im– pidió a Moncada su intento de Reformar la COl1!itifución que lo hubiera podido llevar a su reelección. la próxi– ma Constitución debe ser JlsemiríDida JJ

,

como Icacción a

toclos 105 nbusos anteriOl as. Sería preferible denominar

FIRME a ese tipo do Constitución

t

dice fried¡ ¡ch

El llamado Pacto Somoza~Cltamorro está tan em'aizado en la Constitución Política adual que involucra todo un sistema constitucional, el sistema ie las paralelas de los dos Partidos, el sistema de la Representación de una sola

Minoría, el sistema de la circunscripción naci9nal, para ci"

tal solamente al!1unos aspectos de esa cuestión. En esa

LEY DE BASES e;tá también contenido el principio de que la "Ley Electoral" debe ser una LEY CONSTITUCIONAL,

contornándola con la replesentación de la minoría única

en forma indicada. En esa LEY DE BASES está también

contenido el Principio de que el I~periodo presidencial es de seis años"; en esa Lev de Bases está contenido el prin– cipio de) desconDcimje~h} de partidos políticos de filia ..

ción internacional; en esa Ley de Bases está contenido el "rincipio de la Representación de la Minoría pala un par–

tido solamente, tal como ~ué concebido por el Pacto So–

moza~Chamorro, de acuerdo con l,ln invento C!ue dio a

Somoza gian resultado político, V que él mismo bautiz6

COn el nombl'e de IIDoctt'ina Som~zalf: mantener al Parti– do Conservador con las migaias del Presupuesto y bajo un sistema de gobiet no esencialmente capitalisto.

Es una simpleza, usando una expresión henévola, afh·

milr que en nuestra Constitución 110 existe una disposición

que di~a cuáles de sus disposiciones son IIfundamenta!es ll

y cuales

II

circunstflnciales ll En ninguna Constitución exis~

te semejante definición, sino que esta distinción fluye de la natUl aleza misma de las disposiciones. /fEn ninguna piUte han sido ornanizadas las disposiciones relativas a la reforma constitucional de tal modo aue tomen en cuanta esta diferencia" dice el Profesor Friedl-ich. Pero en el caso acfual de Nicaragua ni siquieta esa a~írmación es cierta,

por cuanto la misma LEY DE BASeS ya establece un medio

dor, un cartabón, de evidencia inclis·cufibfe: por lo menos

todo lo contenido e" osa lEY DE BASES ostá clasificado

como uprincipios -fundamenfales tl de nuestra Constitución. El texto mismo de esta Ley ro dedaia expresamente, esta..

bleciendo que esos talos selán PRINCIPIOS de nuestra Carta Fundamental.

El Partido Conservador, ahora rono,vc1do

t

no quiero ni debo caer en ese mismo viejo sistema de la reparti–

ción con que Jo están halagando los hijos de Somoza. Si sucumbe a esa tentación está perdido para siempre: se aniquila y se suicida, como lo he so¡stenido en algunos,'

ensayos publicados en "REVISTA CONSERVADORA". El

P.::rtido Conservador propugna porque se hagan en111iel1~

das constitucionales, cumbios sustanciales que acaben con

~17-

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