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Como se ve pues, esta Junto asume todos los funciones y atribuciones que le correspondlan 01 Inten– dente Gobernador, incluyendo la Comandancia de los Armas.

Junta del celo, y Patriotismo de los Nobles Ayun– tamientos, Magistrados y dem6s autoridades de la Provincia, osi políticas como militares el reco– nocimiento a esta Junta ínterin y hasta tanto resuelvo su Majestad lo conveniente" (98).

c.-Actuaciones del Obispo Fray Nicolás Garda Jerez:

El Obispo Gorcía Jerez, cualquiera que sea nues–

tra manera de pensar acerca de sus actuaciones!

debemos reconocer que fue una figura que jugó un pa– pel de gran importancia en los años inmediatamente anteriores y posteriores a la Independencia de Nicara– gua

Nació en Murcia, España en el año de 1756 En 1810 es nombrado para ocupar la sede episcopal de Nicaragua en donde permaneció hasta el año de 1824 Durante su gobierno eclesi6stico se establece la Uni– versidad de León (24 de Agosto de J816), hace una visita episcopal a Costa Rica en 1815 y a sus expensas se concluyeron las torres y frontispicios de la Catedral de León Murió en la ciudad de Guatemala el 31 de Julio de 1825 (99)

Fray Nicol6s se caracterizó siempre por ser un español y realista recalcitrante Siempre estuvo en contra de cualquier aspiración emancipadora por parte de sus fieles y una vez que se declaró la Independencia siguió Con sus ideas monárquicas Tenia un gran sentido de persuasión, así como una extraordinario habilidad politica. Siempre mantuvo una gran in– fluencia sobre los organismos y personas encargados del gobierno laico de la Provincia Gozaba entre sus feligreses de un gran respeto y veneración Es por esto como vemos que los dirigentes del movimiento de 1811 en León, aceptan su designación para el cargo de Presidente de la Junta que se formó en esa ciudad el dio 14 de Diciembre No debemos pensar que el Obis– po García Jerez estuviera identificado con los ideales del pueblo leonés Por el contrario, lo que pretendla ero adueñarse de lo situación y así evitar mayores mo– les al régimen colonial español, al estar a la cabeza del movimiento subverSivo Esto se afirma por el hecho de que el Capitón General González Mollinedo y Soravia, antecesor de Bustomante y Guerra, había designado al Obispo para suceder al Intendente José Salvador, en coso de que se produjera alguna conmo– ción Claro que este nombramiento se había mante– nido en secreto yero únicamente para hacerlo válido en coso de que la situación lo demandara Pero prác– ticamente no hubo necesidad de esto, porque los leo– neses casi oficiosamente le entregaron la presidencia de la Junta y con ésta el fracaso de los fines del mo–

vimiento

El Capitán General de Guatemala, Bustamante y

Can estas amenazas y futuras represalias, tanto el Ayuntamiento de León como la Junta Provincial Gu–

bernativa, reconocieron en sendas sesiones celebradas

el día 14 de Febrero a Fray Nicolós como Gobernador

El Capitán Genelal José Bustnmante y Guell'a tomó posesión de su c..'tl'go el 14 dé Marzo de 1811 (Sofo· nías Salvatierra, 1939, Tomo lI, pág. 611). . t AN'CR., Sec Hist, A1Ch Com»lementalio Colonra s

'

Exp. 2405, f 1 Y 2. También Ibídem, Exp 370,

f 4-6. . I

A N.C R. Seco Hlst, Arch. Complemental'io Colo7~8'

Exp 2406, f. 4-6v. También en Ibidem, Exp. 3 ,

f. 7v-lOv.

(102)

(101)

(100)

II Dejar sin valor y efecto alguno el indulto acordado a favor de los participantes en los sucesos de mediados de Diciembre del año

anterior, así como las gracios posteriores dis–

pensadas a indios y ladinos de las que sólo gozarón los pueblos cuyos cabildos reconoz– can la autoridad del Obispo-Gobernador 2) No nombrar el juez para el juicio de residen– cia del ex-Intendente, José Salvador.

3) Declarar nulo todo lo acordado y actuado por el gobierno provisional (l 02).

"Delego y confiero a Vuestra Señorío ilus– trísima todas las facultades extraordinarias que en mí residen para que sin detenerse en consultas por la distancia y urgencia de los negocios, proveer en todos los que concurran según entiende que es más conveniente al servicio de Dios y del Rey.

y especialmente lo autorizo paro remover a los subdelegados que tengan cumplido su tiempo, y a los que no sean aptos para mantener la tranqui– lidad de sus territorios poniendo estos a cargo d. sujetos de plena confianza por vio de comisión o en la forma que mejor pareciese a Vuestra Seño– ría Ilustrísima" (lO ll.

Esto nos demuestra la confianza que tenia el Capitón General en el Obispo Garcia Jerez y ademós

el que se reconociera en su persono la único copdz de

poder solucionar el problema planteado, dada la ascen– dencia que tenía en toda la Provincia

Sin embargo, no todo fue tan bien como se quería, ya que con fecha 20 de Enero del mismo año, el Obispo se dirige al Capitón General para manifestarle que la Junta Provincial de León no lo quiere reconocer como Gobernador Intendente de Nicaragua Ya los leone– ses han abierto sus ojos, ya se han dado cuenta de que tenfan la cabezo vendida al enemigo El 3 de Febrero el Capitán General le contesta diciéndole que tome las siguientes medidos, en el caso de que la Junta persista

en no reconocerlo:

Guerra, se dirige al Obispo García Jerez con fecha 2 de Enero de 1812, manifest6ndose de acuerdo con las disposiciones tomadas por lo Junta Provincial de León y ademós le indica que ha decidido ratificar el nombra_ miento que para Gobernador de Nicaragua, habia sido hecho por su antecesor con fecha 22 de Febrera de 1811 (J 00), agregando

A N e R, Seco Hist

J

Arch. Complementalio Colonial,

Exp. 2389, f. 1·4v.

Arturo Asuilar, 1940, pá¡;. 61.

(98)

(99)

20

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