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« Previous Page Table of Contents Next Page »Los principales puntas del acta del 11 de Octu– bre de 1821, son los siguientes.
1 9 ) Que se proclamase y jurase pública y solem– nemente la independencia absoluta de Nicaragua del gobierna español, en las términos que la habla pro– puesto el General don Agustín Iturbide, tanto en el Plan de Iguala como en el Tratado de Córdoba
2 9 ) Que si la capital de Guatemala juraba la independencia del gobierno de la Península, en el con– cepto y sentido que la declaraba la Diputación de Nicaragua, los pueblos de esta Provincia se apresura– rían a darle pruebas nodo equívocas de unión
3 9 ) Que en coso contrario, esta Provincia pro– testaba del modo más religioso, conservar con aquella ciudad y demás pueblos que fuesen de otra opinión, la buena y cristiana armonía que debe reinar entre hermanos.
4) Que de acuerdo con el artículo 15 del Tratado de Córdoba, quedasen las autoridades consti– tuidas en el ejercicio de sus funciones, auxiliando la Diputación Provincial al Jefe Político Superior en todos los negocios gubernativos y económicos dignos de aten–
ción
59) Que a la mayor brevedad posible se publicase este acuerdo en todos los pueblos de la Provincia, se diese parte de él al Gobierno y al General más inmedia– to de tropas imperiales pertenecientes al ejército mexi– cano, protector de las tres garantías (22),
Al recibir esta acta el Capitán General Brigadier don Gabino Goínza, tenía en sus manos la contestó– ción suya al oficio del 29 de Septiembre de la Diputa– ción Provincial de León, entonces a efecto de referirse a ambos esCritos se dirige a ese cuerpo provincial Con fecha 22 de Octubre Los principales puntos a que se refiere el Capitón General podríamos resumirlos en lo siguiente
o'·
1 9 ) Hace ver a la Diputación Provincial que si en el Acta del 15 de Septiembre no se hace mención al Plan de Iturbide, se debe a que, se ha dejado al fu– turo congreso la decisión de si estas provincias deban formar un estado separado o agregarse al Imperio Mexicano, haciendo hincapié en que'
para no adoptar inmatura y ciegamente una resolución cuya subsistencia es imposible asegurar".
3 9 ) Que mientras tanto llega el \0 de Marzo de 1822, señaiodo para la apertura del Congreso Centro– americano, hagan todo lo posible por mantener a los pueblos en paz y unión, "evitando a toda costa la menor desavenencia, y procurando el olvido de anti–
guas rivalidades, nacidas sin duda del sistema que antes nos regía, haciendo a unos pueblos esclavos de
otros ll
4 0 ) Por último, invita a la Diputación Provincial a mandar uno o dos individuos de su seno o fuera de
él en calidad de vocales de la Junta provincial con sede en Guatemala, los que serían "recibidos gustosa– mente y mirados c0"'10 señal de la más estrecha unión
y fraternidad" (23),
El Brigadier don Miguel González Saravia al comunicar al Jefe Político subalterno de Costa Rica que ha recibido contestación de Guatemala sobre las actas de 28 de Septiembre y 11 de Octubre, le dice'
"El gobierno de Guatemala no tiene en el día un titulo más justo que el de esta Provincia, pendiendo ambos del reconocimiento de 'los Pue– blos" (24).
Con esto vemos como la Diputación Provincial de León se cons'idera emancipada de las autoridades de Guatemala, y no sólo eso sino su rival también Es decir, cree que deben ser los pueblos los que decidan adherirse a uno u otro gobierno. Como vamos a ver más adelante, la situación se complica todavía más al crearse, por parte de las autoridades de Guatemala, una Junta Gubernativa Subalterna en Granada ¿Cuál era la opinión imperante en la ciudad de Guatemala sobre los acontecimientos que se estaban desarrollando en León y sobre los pasos dados por la ,Diputación Provincial? La Tertulia Patrióticfl de Guatemala, centro de estudios integrado por grandes personalidades, autorizó a uno de sus miembros para que sacara un artículo en el periódico referente a la situación de las provincias Este se publicó en la edi– ción de "El Genio de la Libertad" correspondiente al día 5 de Noviembre Al referirse el autor a la situa– ción existente en Nicaragua, dice'
"El respeto y consideración que justamente se merecen los imprescriptibles y sagrados dere– chos de los pueblos, no dan lugar a que ninguna persona ni corporación se estime facultada para formar un pacto nuevo que será el origen de la felicidad o desgracia de los que se sujeten a él"
2 9 ) Le hace patente la variación considerable que sufriera el Plan Iguala con lo pactado en Córdoba, al no dar "dere~ho en ningún caso al goce de la corona del imperio al archiduque Carlos de Austria" "va– riación muy notable que debe llamar nuestra atención
(22) Tomás Ayón, 1966, Tomo 111, págs. 633·4.
29
(23)
(24)
"Nuevas arbitrariedades, nuevas equivoca– ciones de los gobernantes de León intentan pre– sentar otra vez el pueblo leonés al mundo ilustrado sometido a la servidumbre, aún antes de que puedan adivinar sus jefes qué género de ley les impondrá México Su intento favorito es divi– dir las provincias, para que divididas no se puedan sostener, y no pudiendo sostenerse sean, como los
lIEI Genio de la Libertad", 1954, Tomo III
l
págs. 849-51
Nota: Cleemos que la fecha que apalece al pie del
documento aquí publicado está equivocado, es más bien
22, en vez de 7 de Octubl e) También en A N e R.,
Seco Hist} Atdl Anexión a México, Exp 11, f. 1.
A N e R
t See Hist
t Arch Pl'ovincial Independiente,
Exp. 84, t. 6,
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