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qulc!' olra guel'l'3 que acuerden. sostener ell común,

si al delenninada, las Parles se convh.licRI1 en ella..

ARTICULO XXIV

La presente Convención será rafificada y las ra– iificaciones serán canjeadas en la Villa de Tacubaya, deniro del iérrl1.illo de ocho meses o antes, si fuere posible

En fe de lo cual, los MinisJros Plenípofenciarios

de las Repúblicas de los Estados Unidos Mexicanos Colombia, Ceniro América y Perú han finnado V se~

U.ado las presenfes. con sus sellos respectivos, en esta cludad de Panmna, a quince de Julio del año del Señor de mil ochocieníos veinfiseis

IL S) José Mariano de Michelena - (L.S I Jo_

sé Dornínguez - (L S.l Pedro Gua! - (L S.I Pedt'o Driceño Méndez. - (LS) Antonio LarrBzábal. _

(L S) Pedro Molina _ (L S) Manuel de Vidaurre

- (LS.) Manuel Pérez de Tudela

VI

Declaración ele Solidal'idacl para la Preservación de la Integridad Política de los

Estados Americanos contra la Intervención elel Comunismo Internacional

Carocus, 1953

XCIII

La Décinta Conferencia Interalnericana,

CONSIDERANDO,

Que las Repúblicas Americanas. en la Novena Conferencia Infernacional Ame! lcana, p.eclararon que el comunismo Internacional, por su nalu1aleza anfidemocráfica y por su ±endencia infervencionis– ta, es incompatible con la concepción de la libertad americana, y resolvieron adop.l:ar, denfro de sus ±8–

rriforios respee:tivos, las medidas necesarias para de– sarraigar e impedir actividades subversivas¡

Que la Cuar1a Reunión de Consulia d.e Ministros de Relaciones Exteriores reco11oció que, además de las medidas ilúerllas adecuadas en cada Estado, se requiere un alfo grado de cooperación internacional para desarraigar el peligro que le.s actividades sub· versivas del comunismo internacional planiean en los Esiados Americanos, y

Que el carácter agresivo del movimienio cornu· nisfa internacional sigue constituyendo, dentro del complejo de las circuuslancias ll.1.undiales, una ame· naza especial e inmediafa para las insfHllciones na– cionales, para la paz y segundad de los Es:J:ados Americanos y para. el derecho de cada uno de ellos a desenvolver libre y espon±áneam1l±e su vida cuHu– ral, política y económica, sin la intervención de oiros Estados ea sus ast.Ultos internos o ext~nnos,

I

CONDENA,

Las actividades del movimiento cOffi\ll1.isfa in– ternacional, por constituir loma inlcnT6nción en los asuntos aIllericanos¡

EXPRESA,

La determinación de los Estados de América de tomar las medidas necesarias para proteger su in– dependencia políiica COrol a la btRervettclón del ca· nlunismo internacional, que actúa en interés de 'lffi

despotismo extranjero,

REITERA,

La fe de los pueblos de América en el ejerCIcIo efectivo de la democracia rep1esenfafiva como el fi1.€l-

jot' n1.edio pal a promover su pI Ogl eso social y polí_

ílc.:OI

DECLARA,

Que el dOluinio o control de las insfiiuciones palmeas de cualquier Esfado alnelicano por parle del movimiento inlernacional cOlnunisia, que tenga por 1 esuUado la extensión hasla el Continente Ame. ricano de) sistema político de una potencia extra~

conl:inenfal, consfiiuil ía una anwnazu a la sobera_ nía e independencia política de los Esfados AITIeri~

canos qUe pondría en peligro la paz de Arnérica y

exigiría uua Heunión de Consulta para. considerar la adopcj ón de las medidas procedentes de acuerdo con los irafados exist:entesl y

JI

RECOMIENDA,

Que sin perjuicio de cualesquiera airas disposi– ciones qUe cada Esiado esiime conveniente dictar, los gobiernos 8.n1.erlcanos presten alención especial a las siguientes n1edidas encaminadas a conlrarres· iar las actividades subversivas del movil"'oieroo in~

ternacional comunista danuo de sus jurisdicciones respectivas:

1 t-.1edidas que requieran la declaración de la identidad, actividades y procadencias de los fondos de que disponen las personas que hagan propagan– da del movimiento comunista inlernacional o que viajen en in.±erés de dicho lnovimienfo. y, asirn.is~

mOl de las personas que actúen corno agentes o en beneficio del mismo movimiento

2 El intercambio de informaci6n enire los go~

biernos para Eacilüar el cumplimiento de los prop6– sitos de las resoluciones adoptadas por las Canie· rencias Inieramericanas y las Reuniones de Consul~

fa de Ministros de Relaciones Exteriores en relación con el comunismo inienlacional

JI!

Esta declaración de palífica exterior hecha por las Repúblicas Americanas en relación con los peli~

gros de origen exiracontinenial está destinada a pro· ieger y 110 a menoscabar el derecho inalienable, de cada Estado Americano, de elegir libremente su pro~

pia tanna de gobierno y sisielua econ6mico, y de vivir su propia vida social y cultural

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