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« Previous Page Table of Contents Next Page »En la naturale%a de los casos más infimamente ligados y dependientes unos de afros, se hallan las materias del "Esiablecimiento Judicial" y el del sistema de "Pro– cedimientos Judiciales". Respecto al último, recientemente he recorrido todo el C8=–
po debatido conrrlÍgo rrlÍsmo sobre iodos los puntos más maieriales, pero aun no he ienido tiempo de sacarlo de su estado nldimentario para que pueda ser mosirado al público. Es lo que haré próxima:mente, una vez que el conjunto del C6digo Constitu– cional se halle en estado de publicarse, si para ello dispongo de unos cuantos me– ses -por no decu semanas- que espero serán suficientes.
Espero que algo del estado genelal de él esté visible exteriormente en la maie– ria del Esiableci:mienio Judicial
Igualmente, con respecto al Código Penal, han sido fijados fados los puntos ma– teriales y ya esiá escrita una considerable cantidad de la materia Usied tiene (se– gún :me dicen 1 un eje:mplar del borrador definifivo de Un Código Penal de Livingston,2 en el cual (según me dicen) frafa ese tema, en 10 que corresponde a este asunio, basado pincipalmenfe en el primelo de los "Tratados de Legislatura" de esas obras mías que M. Dumas publicó en francés Si no es posible por esta diligencia le envia– ré por la próxima un índice de los capítulos y papeles de mi proyectado Código Pe– nal, en el :mism.o plan que el abreviado de mi Código Constitucional. mientras tanfo, irabajo con todo eniusias:mo, pero al mis:mo fie:mpo espero lograr considerable ayu– da de esa obra de M. Livingston. Cualquiera leyes mejor que ninguna y me i:magino que la mejor cosa que Ud. puede hacer es adopia:r enseguida ese Código. sin esperar a ver lo que soy capaz de p:roporciona:r en el cwso de unos pocos días, es decir lo que un ho:mbre que cumplió los 78 años el 15 de feb:rero de 1826 puede' tener de re:ma– nenie. Pero cualquier cosa que usted haga, deberá usted pensar expresamente que es "te:mporal" (com.o lo hago yo aquí), sin el intento de perpetuarlo como hicieron los pobres españoles con su propósifo triste e inadecuado.
Bentham a Del Valle sobre el Código de livingston
10 de noviembre de 1826.
John Ninb. (;') es un abogado de gran reputación y compeiencia, ha esfado vi– viendo con:migo este medio año o las fres cuartas partes del año, ocupándose de mis papeles y ha oído hablar de un Código Penal, y se halaga con la seguridad de hacer– lo adoptar en varios de los Estados Unidos anglo-americanos. Piense usted en un abo– gado que tenía :medios de subsistencia, pero suceda lo que suceda, dejando sus nego– cios, pide dinero adelanfado con el únicO propósito de obtener instrucción tal, como sólo puede encontrarse en Inglaterral
Bentham a Del Valle sobre Bernardino Rivadavia
10 de noviembre de 1826.
A través de todo el texto de mi Código Constitucional encontrará usted una can– tidad de raciocinios e "inconstantes" ('?), entren\ezclados, todos los cuales son de tal clase que no los enconirará usted en afro cuerpo de ley o de leyes en proyecto. Pe– ro aunque se haya escrito gran cantidad de materias adicionales de esta clase no que– rría demorar mucho la legislación y operación a fin de trabajar el conjunto. Por en– tonces se podrá quizá añadir algún trabajo de. (ilegible) pero si puedo dedicar tiempo para ello
A fin de alentar la perseverancia \.\sted deberá considerar si no sería útil con respecto a su iarea tan i:mporfante otorgarle la subvención de Guaiemala y todas las otras parfes de la América Española en las Corfes, un :modesto presente ade:más de lo que recibe de nú por traducir a tanto la página 1 No espero reembolsarme en ningu. na forma de los gastos en que he incurrido por la fraducción e impresión. Mi trabajo
2 -Edwlll'd Livingston (1764-1836), jUlisconsuIto y político de los Estados Unidos, fué el autor del Código Civil y del Código Penal de la Luisiana (1821), ejeldendo influencia notorin sus ideas julÍdicas en CenhoamélÍca. Lo trabajó y publicó José Flllncisco Bauuudia en Guate· mala
1.-Palece que se refiele al DI Antonio Puig y Blanche, político y filólogo español también co– nocido por Puigblanc (1775-1840), que estuvo en Inglaterra hasta 1825 y fué elegido diputado a Cortes en 1836.
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