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El tercero, el princIpIo de que "no hay paz más allá de la línea". España nunca aceptó esto, e In– glaferra lo abandonó con el Tratado de Sandwich en 1667.

El punto de vista Español sobre el Nuevo Mun– do estaba basado sobre dos principios: La Dona– ción de Alejandro VI (la que Inglaferra nunca acep–

tó) y el principio de que los bucaneros estaban fue– ra de la ley y no deberían ser protegidos por los poderes Europeos.

Calderón arguye a favor de la soberanía Es– pañola usando ambos conceptos. El Ada de Supre– macía de Enrique VIII no era retroactiva por lo que la Donación obligaba a Inglaterra. Los espa– ñoles habían fundado algunas ciudades en el área tal COITIO Bacalar en Yucafán. Había suficiente po– blación para reclamar el área-Godolphin la con– sideraba como Española (Calderon, 52-54). Inglate– rra nunca ocupó o reclamó el área formalmente en el período colonial. El reclamo Inglés no estaba de acuerdo con el Tratado de 1670 pues:l:o que los colonizadores no habían ocupado el área perma– nentemente por ese tiempo. (Calderón miS1TIO, en la página 49 de su trabajo, anula esto al afirmar que el aseniamiento fué hecho permanente entre

1662 y 1670). Además, los Ingleses no cumplieron el Artículo Tres del Tratado:

" ... ambas parles suspendan y se absten– gan de todos robos, presas, lesión, injurias, y

daños cualesquiera, así por tierra como por mar, y aguas dulces en cualquiera parle del mundo", (Calderón, 55).

Calderón alega que las frecuentes alianzas con Caciques indígenas que cuhninaron con la del Du– que de Alber realizada en 1687, violaban el Arlícu– lo Cinco del tratado:

". .. y cada uno de ellos renunciará y renuncia a cualquier liga, confederación, ca– pitulación e inteligencia hecha de cualquier modo en perjuicio de uno a otro, que repugne o pueda repugnar a la presente paz y con– cordia ... " (Calderón, 56!.

España "olvidó" en el Arlículo Siete acerca de :transgresiones pasadas en la forma de "no hay paz rnás allá de la linea". Inglaterra consideró esta "rnagnánima" actitud sólo como flaqueza y debi– lidad, (Calderón, 65).

Aunque Inglaterra no aceptó que la Donación Papal la obligaba en algo, con la única excepción señalada antes, los argumentos de Calderón pare– cen válidos. El gobierno Británico siguió una polí– tica vacilante en esta rnateria. En 1672, Godolphin, en una carla al Secretario de Estado, afirmó que el asentamiento perlenecía a España pero que él creía que podría conseguir que los Españoles "±o. leraran" que los Ingleses corlaran madera subrep– ticiamente. Por otra parle el Gobernador Modyford de Jamaica apoyaba la reclamación Inglesa: .

"Esta posesión en las Indias Occidentales es mantenida lo más fuerle que puede ha– cerse, a saber por el corle de madera, la cons– trucción de casas y la limpiesa y siembra del terreno", (Archivos, 1, 53).

En 1682, el Gobernador Lynch de Jamaica pro– hibió el corle de madera en la Bahía de Campeche y Honduras puesto que los Lores de Comercio y Plantaciones dijeron que el país perlenecía a Es– paña. El pensaba que ese cornercio era nocivo para Inglaterra de todas maneras, ya que la mayor par– ie se llevaba a Hamburgo, Nueva Inglaterra y Ho– landa, dañando asi al comercio inglés. A pesar de esta actitud vacilante, el comercio de madera y la ocupación del asentamiento a lo largo del Río Belice y de la cosia coniinuaron (Archivos, 1, 57).

En 1672, la Reina Española emitió una cédu-

la declarando que la ocupación y el comercio sin licencia en las Indias Occidentales era piratería. Los corladores de madera inglesas en Belice fue– ron atacados y algunas veces echados fuera del área, más siempre volvían a su comercio provecho– so. Sin ernbargo, Inglaterra jamás, en este período, alegó formalmente que el asentamiento estuviera dentro del Imperio Británico y en vista de las de– claraciones de Godolphin en 1672 debemos con– cluir que la soberanía sobre esie asentamiento en este período era todavía Española.

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La oporlunidad de arreglar el problema, de una vez por todas llegó en 1713 con el Tratado de Utrechf. Este :tratado reconfirmaba el Tratado de Godolphin de 1670. Lord Lexing10n sugirió que se incluyera en el tratado una cláusula sobre el corle de madera en la Bahía de Honduras y la Laguna de Término, pero España no aceptó tal sugerencia (Mendoza, 28). La versión final era la siguiente:

"La Reina de la Gran Bretaña y Sus Su– cesores gozarán de todos los lugares situados en las Indias Occidentales y en otras parles de América los que han sido cedidos al Rey de la Gran Bre±aña (por el Tratado de Madrid de 1670", Archivos, I, 61),

Este tratado implícifamente rechazaba cualquier reclamo Británico a los asientos madereros, ya que en la lista de colonias que seguía al texto del tra– tado, el asiento, a lo largo del Río Belice, fué ex. cluído nuevamente.

Entre 1713 y 1763 la lucha sobre los asientos madereros fué intensa. En 1716 España protestó el corfe de madera por los colones Ingleses. En 1722,

España amenazó con que los Ingleses que carla– ran lUadera sería enviados a las minas mexicanas. En 1732, España exigió que las chozas del "Río Valis" fuesen abandonadas y suprilUido el corle de madera. En ese año alegó de nuevo la Donación Papal. Los comisionados ingleses contrarreplicaron a esto alegando el derecho al asentamiento por ocu– pación. En 1743 y de nuevo en 1747, los colones pidieron al gobierno Británico que enviara un go– bernador.

Más tarde, en 1747, los Españoles arrojaron a los colonos fuera del área. Estos regresaron solo para ser arrojados de nuevo en 1752. En 1754 los Españoles desistieron en sus ataques a los asenta– mien:l:os y los colonos volvieron en 1755, trayendo consigo a sugestión del Gobernador Knowles, de Jamaica, veinte soldados disfrazados de civiles (Ar– chivos, 1, 82-841.

Sin embargo, en Diciembre de 1761, España se unió a Francia en la Guerra de los Siete Años con Inglaterra. El Ministro Inglés en Nápoles dijo que la situación de Honduras era una de las causas principales. España fue derrotada en varias bata– llas por los Ingleses. Francia llegó también a de– sear la paz. En consecuencia, el Tra±ado de París de 1763 fue negociado poniendo fin a la Guerra de los Siete Años. El Arlículo Diecisiete de este Tra– tado era concerniente al asentamiento a lo lar– go del Río Belice:

"Su Majestad Británica ordenará que sean demolidas todas las foriificaciones que sus súbdi. tos hayan erigido en la Bahía de Honduras y otros lugares del territorio de España en esa parle del mundo. .. y Su Majestad Católica no permilirá que los súbditos de Su Majestad Bri– tánica o sus trabajadores sean perfurbados o molestados bajo pretensión alguna, en dichos lugares, en sus ocupaciones de corlar, cargar y acarrear madera de tinte o trozas; y para este propósito ellos podrán construir sin im– pedimento y ocupar sin interrupción, las ca-

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