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« Previous Page Table of Contents Next Page »Lo lógico era, pues, la preeminencia de la re. presentación guatemalteca. Tal situación se quisb contrarrestar constitucionalmente adoptando el régi– men bicameral y colocando al lado del Congreso, que representaría a la población total, el Senado, que re– presentaría a los Estados, en proporción de dos sena– dores por cada uno de ellos. Bien sabido es que ésa fue la solución ideada por James Madison, al discutir. se en 1787 la Constitución para las trece colonias in-
EL FEDERAL: "La energía en el ejecutivo es uno de los caracteres principales para la definición de un totalidad. Por restarle la ventaja, siempre tuvieron los otros Estados el grito puesto en el cielo, pidiendo el traslado del gobierno. Pero por no cargar con la onerosísima desventaja, ninguno de ellos quería acep– tar recibirlo en su seno, Por ejemplo, la diputación salvadoreña asistió al Congreso en 1826, obedeciendo a instrucciones expresas de hacel'1o sólo para "acor– dar la traslación de las supremas autol'idades federa–
le~ a un punto distinto de Guatemala y Iñás en con– tacto con los otros Estados de la Unión"; pero El Sal– buen gobiel'llo. Un ejecutivo débil implica una débil ejecución del gobierno. Una ejecución débil del go– bierno es otra frase para hablar de mala ejecución.
y un gobierno de mala ejecución, cualquiera que sea su teoría, es en la práctica un mal gobierno". Per– fectamente cierto; y esto era lo que iba a resultar en Centro América, donde un cuerpo colegiado numeroso iba a estar en el perpetuo< control de la nación: en pri– mer lugar, porque una organización multipersonal ca– rece de la rapidez y decisión necesarias para gobernar eficientemente, y sobre todo en un escenario como era el centroamericano; y en segundo lugar, porque [as autoridades federales, aparte de que nunca dis– pusieron de elementos materiales propios e indepen– dintes para llevar a cabo un gobierno efectivo, esta– ban verdaderamente limitadas in su acción sobre los gobiernos estatales por el dictado constitucional. Si recordamos ahora que dentro del Congreso la repre– sentación mayor tenía que ser la de Guatemala, por ser la sección más densamente poblada, el resultado práctico, atando cabos, iba a ser: la ausencia de un poder nacional eficiente y práctico, y en su lugar un cuerpo colegiado dominado por los guatemaltecos con un gran poder teórico. En resumen, nada. Nada más que la presencia de una Asamblea, de la que los Esta· dos del Sur iban a estar siempre recolosos. Y pasemos ahol'a a estudiar el hecho, tan debatido entonces y pos– teriormente, de la mayoría guatemalteca en el Con– greso,
Los cuatro Estados menores siempre se quejaron de ella, lo cual era una majadería, porque era no con– formarse con una consecuencia natural del régimen po– pular representativo, en el que todos estaban de acuer– do. La población centroamel'icana, según cálculos he– chos en 1824, estaba distribuida así:
Guatemala (incluyendo El Salvador Nicaragua Honduras Costa Rica
Sonsonate) .660.580. habitantes
.212.573. habitantes
,207.269 habitantes
137.069 habitantes
70.000 habitantes
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glesas, y que supo concilial' los intereses opuestos de los Estados muy densamente poblados, con los que no no lo estaban. El problema era difícil: "si la nueva legislatura nacional debía constituirse sobre la base de la población o de la riqueza imponible, los estados mayores la controlarían; si, por otra parte, debería serlo sobre la base dfi la igualdad entre todos los Es_ tados, entonces la controlarían los Estados más débi_ les", resume el eminente Rector de la Universidad de Columbia, Nicholas Murray ButIer. La iniciativa pa. ra que el Poder legislativo se compusiel'a de dos cuer_ pos en la forma expuesta, fue la solución inteligente del problema. La misma debía ser para ig'ual proble_ ma en Centro América. Pero, fuera de que en los Es. tados Unidos lo que garantiza la unidad nacional y el respeto a los Estado~ es más la institución del Ejecu. tivo fuerte e independiente que la propia inteligente integración de las Cámaras, en el Istmo, la buena in_ tención estaba llamada a frustrarse, n~~ una razón que hoy da risa, pero que entonces rI!;~¿:~! ,-,umojos y
molestias. Nos referimos a las dificult~lies de con111' nicación y traslado existentes, que sie~l'pre impidie. ron, la asistencia regular y oportuna de los diputados de los EStados sureños a las Cámaras, con residencia en Guatemala. En 1826 decía la Asamblea de .Costa Rica, en representación hecha ante los poderes federa_ les, que "la facilidad de l'eunÍ1'se los representantes de aquel Esta.do (Guatemala) y componer la mayoría del Congreso y el Senado, causan una pr~pondel'ancia in_ constitucional y escandalosa, como lastimosamente se ha experimentado en el presente año", Tal anomalía sólo podía corregirse, o aumentando y expeditando las vías de comunicación, o situando los poderes federales en punto más céntrico y accesible para todos los Esta_ dos. Pero esta referencia nos lleva a otro punto his. tórico, ligado directamente con el régimen constitt!_ cional, y al que también se le ha atribuído responsa bilidad, y grande en la desmembración de la Federa. ción: la falta de un distrito federal. Decía el aro tículo 65 de la Constitución Federal que "cuando las circunstancias de la nación lo permitan, se construirá una ciudad para residencia de las autoridades fede. rales, las que ejercerán en ella una jurisdicción ex– clusiva". Esto fue un error, ligado por S11 carácter al de la debilidad del Gobierno Nacional, pues, como aquél, tendía también a restar autoridad e indepen– d.encia, como en efecto sucedió al ponerlo a "vivir en casa ajena y con el dueño", según la gráfica y feliz expresión de nuestro don Cleto González Víquez.
El artículo 64 decía que "el Congl'eso resolve– rá en cada legislatura el lugar de su residencia", y. la primera decidió hacerlo en la ciudad de Guatemala, donde se mantuvo hasta el 6 de febrero de 1834, en (4) Revista Archivos
que, cumpliendo un decreto federal, se le trasladó a Sonsonate. De allí pasó a San Salvador en junio del 34, donde lo encontró la disolución definitiva de la Federación. En 1835, la Asamblea del Salvador acor– dó ceder dicha ciudad y regiones circunvecinas para ¡Distrito Federal, y el 7 de febrero de ese año la Asam– blea Nacional hizo la erección del mismo con las for– malidades de ley.
Ahora bien, el mantenimiento de dicllas auto.
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