This is a SEO version of RC_1968_08_N95. Click here to view full version
« Previous Page Table of Contents Next Page »e) protección y plomoción de indusbias regionales Se Cijalon, además, los criterios para seleccionar los al tículos a incluilse en la referida lista de libre inter– cambio Adviéltase que en esa época se pensaba en la constitución de una zona de libre comercio limita– da, aunque con la intención de acompañarla de una equipal ación de gravámenes a la importación, que con– duciría a la constitución de un mercado común tam–
bién limitado
En feblero de 1957, dmante la CUalta Reunión del Comité de Cooperación, se conoció y aplobó el proyec– to del tratado multilateral plep31ado pOl la Comisión Ad-hoc; y por la Resolución 37 (CCE) se lecomendó n los Gobielnos su estudio y consideración 'pala su filma Udentro de un plazo de productos objeto de lible co– melcio "con la mira de dar al tratado la mayor ampli– tud. consonante con los fines que pelsigue y con la ele– vada mira ultetiór de alcanzar la unión económica del istmo cenh oamel icano" 26 Postel iormente, en la la Quinta Reunión del Comité de Coopelación Econó– mica, celebrada en Tegucigalpa, ellO de junio de 1958,
se negociaron en definitiva las cláusulas del Tratado Multilatelal de Libre Comelcio e Integración Econó– mica, así como la lista de productos que tenddan libl e comelcio y que fonnarían su Anexo A Este Tlatado es el instl umento mediante el cual se supe! a la etapa de lclaciones bilatelales en matelÍa comercial y se calacte– líza pOI patrocin31 una integración económica gradual
y progresiva
En efecto, por su Articulo I los Estados conhatan– tes aCOld31on constituh una unión aduaneH~, l'tan plon~
to como las condiciones sean propicias", y para creal esas condiciones establecieron una zona de libl e comel– cio que se perfeccionada ~n un período de diez años a paI tir de la vigencia del Tlatado. El ploceso de perfec– cionamiento consistiría en liberalizar el comelcio, pOl ampliación ploglesiva de la lista de productos natlUales y manufactul ados en la región, contenidos en el Anexo A, mediante la suscripción de protocolos adicionales Si bien es cierto que el Tlstado marcó el primel paso en cuanto a lealizaciones concretas pala libelali:r– el comercio sobre bases multilaterales y que sentó los cimientos de la futura unión aduanera centroamelican:J. al poco tiempo sus disposiciones dejaron de ser satisfac– tolias pal a los gobielnos de Guatemala, El Salvador y
Honduras. lazón por la cual inicialon pláticas tendien– tes a imprimir una mayor acelelación al Programa de Integración Económica, para hacer que éste se basala en una más amplia libelslización del comercio y que pelmitiera la adopción de una talifa aduanera común Se comprendió en aquel entonces que dicha: decisión ela necesalia si Centloamélica quería encaral, con me– didas más efectivas de alcance multinacional, los cre– cientes ploblemas del desaIrollo socio~económico, agra– vados por las dificultades del comelcio exteriOl de Ir
productos tIadicionales de expOltación
Después de una Declaración de los tl es Presidentes, de 9 de enelO de 1960, se suscribió el 6 de feblelo el
TIatado de Asociación Económica, que vino a cambial las bases en cuanto a plazo pala peIfeccionar el melca– do común mediante el procedimiento de liberalización del comelcio Dicho Tratado es un convenio de velda– dera asociación económica. al garantiz31 no sólo la lible ch culación de bienes entre sus territOl ios, sino también la lible cÍlculación de personas y capitales El plazo para perfeccionar el libre comercio fue fijado en cinco años e igual peliodo se es.tableció pala adoptar una tati– fa común aplicable a terceros países En cuanto al pI 0–
cedimiento para líberalízal el comel cio, se convino en que todos los plOductos natUlales o manufactUlados óli–
ginarios de los países gozarían de líbre comelcio, excep– to una pequeña lista de al tículos, incluida como Anexo A, que estarían sometidos a un tratamiento especial, pero que al finalizar el quinto año. tales productos, enh31ían a gozar de aquel beneficio Es un plOcedi– miento inverso al adoptado por el Tratado Multilateral, al constituir el liblé comeleio la legla genelal, y las
1 esh icciones la excepción detalladas estas últimas~n el
1 eferido Anexo A
Ellégimen tlansitorio de excepción al libre comel– cio consistia, en algunos casos, en la fijación de tal ifas plcfelenciales que irían decreciendo año con año hasta Ilegal a cero; en la fijación de cuotas proglesivas, tibIes de glavámenes, que desapa!ece~í~n a más taldal el quinto año; en algunos casos I!lediante la previsión de plOtocolos especiales, que establecelian las modalidadf'": de lible intelcambio del producto en cuestión Este u' timo plocedimiento se aCOldó pala productos en quc, pOl un lado, existían grandes intereses fiscales y P91
abo, se estimaba que no era factible la producción cen– hoamelicana a corto plazo, como por ejemplo, los pro– ductos de petróleo y sus delivados Se acordó, asimis· mo. aplical esas reglas a los plOductos en que los tres países elan exportadores netos allesto del mundo, y que por consiguiente, no había intelés alguno en comelcial' enhe ellos, como es el caso del café Estos legímenes hansitOlios de excepción al libre comelcio. se establecie– Ion con el propósito de que esas actividades tuvie1an la oporlunida.d de ajustalse al as nuevas condiciones de
compet~nci~ a nivel regional.
Con motivo de la. decisión de los paises fhmantes del llamado "Tratado Ttipal tito", oho país, Nicaragua, decidió unirse a ese movimiento de integración acele· lada Pala ese propósito se convocó a la segunda reu– nión extIaordin31ia del Comité de Cooperación Econó– mica, que tuvo lugar en San José de Costa Rica en ablil de 1960 Mediante la Resolución 101 (CCE), se solicitó a la SecretalÍa de la CEPAL que plepalara un plOyecto de convenio de integración económi.ca acelel ada sobre las bases sugeridas por Guatemala, Honduras, El Sal– vador y Nic81agua, y cuyo texto se transcribe a con– tinuación 27
a) Un 1égimen de libl e comercio inmediato entre las paltes, pala todos los producos naturales O manufactulados en ellas;
(26)
(27)
Informe del Comité de Cooperación Económica del Istmo CentroameIicano, de 30 de enelo de 1956 a
feblero de 1957, E/eN 12/431, p 12.
Informe del Comité de Cooperación Económiea del Istmo Centroamericano. (E/eN 12.CCE.224 CE–
PAL).
18
This is a SEO version of RC_1968_08_N95. Click here to view full version
« Previous Page Table of Contents Next Page »