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estos informes sil ven de base al Consejo para sus deli– beraciones y' para fallar sobre el asunto. La SIECA hace una investigación dilecta en las fábricas, a fin de detelminar los procesos de produeci6n ton el plopósito

de determinar si el caso planteado se enmarca dentro de los términos del referido Artículo V

El Consejo Ejecutivo ha procurado dal una apli–

cadón muy lestrictiva al referido articulo, ya que el

pr~p6sito del TI atado General es creal un melCado co– mún que permita la constitución de una unión adua– nera. Quizá por esa razón es que se ha preferido pos–

ponel la reglamentación sobre origen a que Se lefie– re dicho Al tlc!Jl0 V, ya que e~ plobable que de ella

surgÍ!Ían más probl~mas que beneflcios~ De todos los casos examinados por el Consejo Ejecutivo, sólo en tI es cie ellos el fallo ha sido declarar los pIoduetos como

no originarios, negáridoles en consecuencía el beneficio

del libre comerdo 34. .

BrEn cu~nto a procedimientos aduaneros, las. atuOli–

dades del país importador dan trámite a las mercancías de pr()cedencia centroamericana basándose en los da....

tas del formulario aduanero establecido por el Tratado Genela]; q~e hace las veces de s~Jicitud de despacho (póliza de importación) y de ce:rtüi~ado de origen. Este

~ormulario es visado por un funcion~io de aduana del

~.ais exportador, quien con ese acto está certificando el origen de la mercancía; es decir, su firma atestigua que el articulo amparado por dicho formulario aduane– ro es efectivamente producido en el pats exportador.

PRACTICAS IDE COMERCIO DESLEAL

Dentro del comercio internacional existe una serie de plácticas que los países pueden utilizar con el pro– pósito de aumentar el volumen que generalmente son

co.nsidera~a.s como comerCio desleal, porque afectan la competencia ocasionando con ello perjuicio a las ac–

tividades productivas de los paises con que comercian

o tienen el efecto de retar.dar su establecimiento Tales prácticas pueden ser el resultado de políticas, etc - o

el resultado de la política de ciertas empresas que POI su tamaño y la olase de actividad a que se dedican, pue–

den tener una pbsición dominante en el mercado del piús importador.

Ha sido preocupación general de los países el re–

gular este tipo de prácticas, las cuales' tendieron a ge–

neralizarse después de la gran crisis econ6mica de 1929;

Y para evitar su agudización como consecuencia de los

ploblemas écon6mico-sociales resultaJ1,tes de la segun– da guerra mundial, se buscó atae-al' ei problema a nivel muindial De ab! el origen del Acuerdo General sob, e Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), que por su– puesto pelseguia el objetivo más amplio de liberalizar el comercio, procurando eVitar Se esta):J1ecieran nuevas restricciones al intercambio, así como eliminando las baner3s existentes en la época en que fue suscrito Si se analizan las disposkiones de dicho Acuerdo General,

podrá apreciatse su influencia en una selie de regula– ciones que c;ontienen el Tratado General y, antes que él, Tratado Multilateral y los convenios bilaterales, paItí– cularmente en todos los campos que se vienen exami– nando.

SUBSIDIOS A LA EXPORTACION

Como ya se ha vi~to, los gobi~mos, en afán de pro–

mover la producción y sus exportacif;mes, pueden esta–

blecer políticas de subsidios de tipO directo o indirec– to. Algunos de estos subsidios pueden considerarse

como medidas legitimas de interés nacion~l tales como estimularlo o estabilizar la producción de' ciertos ar–

tIculos, sea por razones estl'at~gic.~s, para mantener el

nivel de empleo, o mantener una oferta adecuada de

ciel tos ploduetos básicos, etc. Estas poU~cas han ven-i–

do SIendo aplicadas por lo~ países indu~triaUzados para

fomentar su producción agrícola, ]0 que ahora es obje–

t~ de elítica por parte de los países en vías de desarro–

llo, porque conside:ran que tales políticas estimulan Pl'O~

duccione~ inefkientes cuya. demanda bien puede ser

cubier~a con exporta~iones de tales países, como en el caso del azúcar, algodón, etc.

Pero lo que pre~cupa en una z'Ona de libre comercio

es que, a, tr~vés: de una política de subsidios, Se pueda poner su ventaja competitiva a ciertas actividades eco–

nómicas qu~ irían en detrimento de otras similares ya

establecid~, en países de la zona que no gozan de tales

privilegios; o tener el efecto de redate-ar el estableci–

miento de algunas actividades en estos últimos, Los subsidios pueden consistir en retribuciones monetarias directas á los productores (por unidad producida, por toneladas, -etc); en la devolución'de impuestos a la im– portación que recaen sobre los distintos componentes

importados del exterior, al comprobarse la exportaCión

del artículo terminado a un pals de la zona (sistema de draw-back), o en la aplicación de tipos de cambia di–

ferenciales que tiendan a favorecer la exportación de ciertos productos, según se ha explicado con antelióri– dad

El Tratado General en su Capltuio 111 (Subsidios a la Exportaclón y Comercio Desleal) regula esta materia, al. disponer que ios ~stadós no concederán subsidios directos o Indirectos a la exportaclón de

mercancías que Se destinen a otros Estad~s, Ocualquier otro tipo <te prácticas que tiendan a promover ~xpor'­

tacion~s cuyo precio sea inferior al Vigente para la venta de la misma mercancía en el mercado nacional

f'ero hace la aclaración de que" al.presentarse un caSo,

en su examen deberán tomarse en cuenta las diÍ~léri­

cias en las condiciones Y térmiilos de venta y tributa· 1ción. asi como los demás factores que illfluyen en la

comparación de los precios (Art. Xl)

Por otro lado, en ese mismo CapItulo también se

prohibe que se concedan exenciones aduaneras a la

importación de prpductos procedentes de {)lera de Cen– troamérica cuando se compruebe qUe existe produé~

ció'; de los mismos dentro· del área en condiciones ade– cuadas (Art IX) Esta disposICión tiene un doble pro– pósito: de una parte, estimular la producción regional

de materias primas o bienes senliterminados, ofreclén. doles una garantía de mer<;ado y, de otra, evitar que empresas que pudieran importar dicb,?s bte~es bajo

franquicia aduanera _habieIl:do producción centroa–

mericana de los mismos- se sitúen en posición com~

petitiva superior sobre otras empresas que S( consu–

men tales materias primas o bIenes intermedios de o– rigen regional La situación anterior tiene lugar cUan~

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