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Junta Protectora, y en compama de los demás que la integraban formó el plan de estudios y ejecut6 otros proyec-tos para la enseñanza. Dice Montúfar que en ese empleo trabajaba con empeño y extraordinaria ac– tividad excediéndose- en sus deberes en pro de la en–

señanz~ Y difusión de las luces.

Se empeñó luego en que la Universidad comprara una imprenta en 1941, que fUe la primera que tuvo Granada Y de cuya direccióIl se encargó él mismo. En i838 asistió como diputado a la Asamblea Na– cional Constituyente. Seguíase atribuyendo a las le– yes el malestar de los pueblos, y todos esperaban que de una reforma vendría la felicidad; pero bien pron– to se vio que, o las enmiendas no eran adecuadas, o que no sólo radicaba el mal en las leyes, sino también en los hombres, por faltarles una represión más vigorosa. El Presidente de la Asamblea, Diputado Pbro. Pedro Salís atribuyó los males de Nicaragua al sistema fede– ral y

a las leyes liberales.

La Constitución de 1838 tampoco debía dar resul– tado, y bien pronto, 10 años después ya Se estaba con– templando su revisión; pero en aquella Constituyente el Diputado Chamarra, acompañado del Diputado Pbro. don Pedro Salís, metió en cintura al poder militar. Estaba éste representado por Bernardo Méndez, alias "El Pavo", que era Comandante de las Armas, puesto que había logrado como consecuencia del ase– sinato del Jefe del Estado, Coronel José Zepeda, el 25 de enero de 1837. Dice Arancibia que 'El Pavo" era hombre vulgar, aficionado al culto de Birján, frecuen– tador de garitos, donde había reclutado la turba de bo– rrachos y truhanes con que llevó a cabo la captura y asesinato de Zepeda y compañeros. Esta era la clase de hombres contra quienes luchaba Fruto Chamarra. Intentaba Méndez imponerse a la libre voluntad de los diputados constituyentes; pero F'ruto Chamarra se le opuso, exponiendo su vida, con un valor qUe mereció elogios aún de sus mismos adversarios.

En el archivo de la familia Bolaños encontramos dos borradores sin fecha ni firma que relatan una de tantas violencias con que el poder militar acostum-

braba torcer la voluntad de los representantes. Estos manuscritos relatan que el Capitán Guadalupe Bal– maceeta, a la cabeza ae una escolta, redujo a prisión al diputado Bolaños, quien es el autor del borrador sin Ílrma, y de una exposioiór. a la Asamblea en qUe se refiere el atentado. A las protestas de Bolaños: "Soy inmune", el Capitán contestaba: "Es de orden supe– rior". Se le encerró en las cárceles de Masaya junto con Manuel Avilés, Francisco Valenzuela y Anselmo Rivas, mientras el Capitán se marchó a Granada a traer más reos políticos. En este medio los soldados los vejaban de palabras y de obras, y una noche inten– taron asesinarlos. De Granada regresó Balmaceda con Juan J. Zavala, Fulgencio Vega y Narciso Espinosa. Los condujo a León, pero en Pueblo Nuevo se recibió la orden de libertar al Diputado y de que se presenta– se a la Asamblea.

Esta Constituyente de 1838 decretó el 30 de abril de ese año a moc-ión del Diputado liberal Lic. Francis~

ca Castellón, que el Estado de Nicaragua quedaba se– parado de la Federación, y que hacía suyas las rentas de ésta. Tal resolución fUe celebrada en todo Nicara– gua con grandes festivales y regocijo populares (1).

Fruto Chamarra fUe designado Senador para el período de 1839 a 1842, y alguna vez mereció la con– fianza de ser electo Senador Presidente. León seguía siendo una ciudad agitada por las asonadas y distur– bios; con tal motivo Chamarra fue uno de los que in– cluyeron para que la Asamblea Ordinaria se traslada– ra a Chinandega; más hasta allí llegó el poder militar a disolver aquel cuerpo. Fruto Chamarra Se opuso a este abuso, y enfrentándOse con valor a los qUe inten– taban consumarlo, los increpó así:

-Llegado a esta Cámara por la voluntad de los que tienen derecho de enviarme, no saldré sino es por la violencia de los que quieren excluirme; y si esta re– solución de mi parte debe acarrear mayores peligros sobre mi cabeza, me acordaré que el campo de la li– bertad ha sido repetidas veces fecundado por sangre generosa.

CAPITULO 3

FRUTO CHAMORRO, PERIODISTA

l.-El "Mentor Nicaragüense'/. 2.-La figura moral de Fruto Chamorro. 4.-Los amigos de Morazán en Nicaragua.

1. EL "MENTOR NICARAGUENSE".

Tal era el título del periódico que a fines de 1841

publicaba la Universidad de Oriente, en la imprenta que por esfuerzos de Fruto Chamarra había compra. do este centro docente.

El "Mentor Nicaragüense" fue el primero perió. dico que hubo en Granada y su dirección fue enco– mendada a Fruto Chamarra por unanimidad de vo– tos. En aquella época no se concebía fundar una pu. blicación sin que pnó!cediera su "propósito", o sea

~a exposición de su plan y normas a que estaría su– Jeto.

El 26 de octubre sale el prospecto de "IEl Mentor Nicaragüense". Vamos a reproducirlo enseguida, y a dar una síntesis de los pocos números (24) que han llegado a nuestro conocimiento, para que se vayan a-

preciando las ideas y propósitos de Fruto Chamarra, protagonista de este estudio histórico.

EL "MENTOR" SE PROPONIA

"Procurar la ilustración de los pueblos presen' tándoles doctrinas claras y sencillas de las materias que más les interesan: manifestarles todo aquello que influya en su bien y prosperidad: formar el espíritu público sobre las sólidas y verdaderas bases en que se funda nuestro sistema de gobierno; y poner al al– cance de todos cuantas ideas y pensamientos hagan relación con aquellos objetos; tales son las intencio– nes que tenemos al dar a luz este periódico.

"Mas artículos que toquen a Corporaciones, fun· cionarios o personas particulares se insertarán ínte. gros con la firma de sus autores, con tal que sean es-

(1) En un folleto que el Lic. Francisco Castellón imprimió en León el año 1841 con el título "Al Público", s~

jactaba de haber hecho esa moción. El año 1844 to davía celebraban los liberales el decreto del 30 de abl'!l de 1838. En las copias hechas por don Lorenzo Prado de los archivos de León, encontramos bajo el número 1039, la siguiente: "Año 1833. El mismo libro (Actas Municipales de León), al folio 9. Acta de 26 de abrIl. Arto. 19 La Municipalidad dispone y manda hacer gastos para la celebración cívica en memoria de la Inde. pendencia de este Eshtado de la Federación".

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